1
La ASF tiene control absoluto sobre los tiempos en los que publica los hallazgos de su trabajo.
2
La ASF decide libremente la oportunidad de sus informes de auditoría.
3
La SHCP presenta al Congreso la Cuenta Pública a más tardar 30 días después del fin del año fiscal.
4
La ASF presenta la Cuenta Pública auditada en septiembre del año siguiente al año fiscal del que se trate.
5
Se realizan auditorías de los Fondos y Fideicomisos del Gobierno Federal por despachos independientes. Los resultados son públicos.
6
Las instituciones fiscalizadas proveen información de calidad y cumplen con las normas contables para que la ASF pueda realizar su trabajo en los términos que marca la ley.
7
Las entidades y dependencias de la APF otorgan acceso irrestricto y en tiempo real a la información necesaria para que la ASF realice su trabajo.
8
La vigencia para fiscalizar un ejercicio fiscal no excede a un año natural.
9
Las entidades y dependencias de la APF cumplen con el pago de multas, indemnizaciones y embargos, entre otros, relacionados con el fincamiento de responsabilidades para retribuirlos a la Tesorería de la Federación cuando así corresponda.
10
Las entidades y dependencias de la APF cuentan con mecanismos eficaces de seguimiento a las recomendaciones de la ASF y las solventan con base en los tiempos establecidos en la norma vigente.
11
Los indicadores de rendición de cuentas que presentan las entidades y dependencias de la APF sobre sus logros en el ejercicio fiscal son útiles para medir sus objetivos/mandatos.
12
Las entidades y dependencias de la APF cuentan con indicadores de medición para los programas públicos federales, diseñados con base en metodologías que atienden a las mejores prácticas a nivel internacional y toda la información es de acceso público.