1

La ASF tiene control absoluto sobre los tiempos en los que publica los hallazgos de su trabajo.

2

La ASF decide libremente la oportunidad de sus informes de auditoría.

3

La SHCP presenta al Congreso la Cuenta Pública a más tardar 30 días después del fin del año fiscal.

4

La ASF presenta la Cuenta Pública auditada en septiembre del año siguiente al año fiscal del que se trate.

5

Se realizan auditorías de los Fondos y Fideicomisos del Gobierno Federal por despachos independientes. Los resultados son públicos.

6

Las instituciones fiscalizadas proveen información de calidad y cumplen con las normas contables para que la ASF pueda realizar su trabajo en los términos que marca la ley.

7

Las entidades y dependencias de la APF otorgan acceso irrestricto y en tiempo real a la información necesaria para que la ASF realice su trabajo.

8

La vigencia para fiscalizar un ejercicio fiscal no excede a un año natural.

9

Las entidades y dependencias de la APF cumplen con el pago de multas, indemnizaciones y embargos, entre otros, relacionados con el fincamiento de responsabilidades para retribuirlos a la Tesorería de la Federación cuando así corresponda.

10

Las entidades y dependencias de la APF cuentan con mecanismos eficaces de seguimiento a las recomendaciones de la ASF y las solventan con base en los tiempos establecidos en la norma vigente.

11

Los indicadores de rendición de cuentas que presentan las entidades y dependencias de la APF sobre sus logros en el ejercicio fiscal son útiles para medir sus objetivos/mandatos.

12

Las entidades y dependencias de la APF cuentan con indicadores de medición para los programas públicos federales, diseñados con base en metodologías que atienden a las mejores prácticas a nivel internacional y toda la información es de acceso público.