Senadores acordaron la creación del Sistema Nacional de Transparencia para obligar a la rendición de cuentas del Estado mexicano, por lo que autoridades de los tres órdenes de gobierno estarán obligadas a contribuir a la generación de información de calidad que dé insumos para la fiscalización y facilite la evaluación de la gestión pública.

El proyecto de dictamen de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública destaca que el Sistema Nacional lo integrarán el IFAI, los órganos garantes de las entidades federativas, la Auditoría Superior de la Federación, el Archivo General de la Nación y el Inegi.

Es decir, los sujetos obligados no formarán parte de este sistema pese a que el IFAI se planteó el año pasado construir un Sistema Nacional que incluyera la participación de las entidades federativas, partidos políticos, sindicatos y demás sujetos obligados.

También se conformará una Plataforma Nacional de Transparencia, con al menos cuatro sistemas: el de solicitudes de acceso a la información, de gestión de medios de impugnación, de portales de obligaciones de transparencia y de comunicación de órganos garantes y sujetos obligados.

La ley obligará a la transparencia de los recursos públicos que utiliza la Cámara de Diputados, el Senado de la República y los congresos locales, los cuales estarán obligados a revelar un informe semestral del uso y destino de los recursos destinados a órganos de gobierno, comisiones, comités, grupos parlamentarios y centros de estudio u órganos de investigación. Esto luego de la opacidad detectada por la Auditoría Superior de la Federación. Además, los congresos deberán elaborar un padrón de cabilderos para detectar posibles conflictos de interés.

Los partidos políticos tendrán que hacer público el tabulador de remuneraciones que perciben sus integrantes; el listado de fundaciones, asociaciones, centros o institutos de investigación o capacitación o cualquier otro que reciba apoyo económico de las instituciones políticas, su financiamiento público y el estado de su situación financiera y patrimonial.

Los sindicatos, como ya lo había adelantado este medio, deberán exponer una relación detallada de los recursos públicos económicos, en especie, bienes o donativos que reciban y el informe detallado del ejercicio y destino final de los recursos públicos. “Únicamente estará clasificada como información confidencial los domicilios de los trabajadores”.

Por otro lado, los organismos garantes, en el ámbito de sus competencias, podrán imponer al servidor público encargado de cumplir con la resolución, o a los miembros de los sindicatos, partidos políticos o a la persona física o moral responsable, amonestaciones públicas o multas que van de 150 hasta 1,500 veces el salario mínimo vigente.

Fuente: El Economista

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