La Segunda Sala del máximo tribunal reafirmó, en cambio, la facultad de la CRE para establecer las reglas asimétricas destinadas a acotar el poder de mercado de la petrolera en comercialización de combustibles.

La reforma, promovida en su momento por el diputado morenista Manuel Rodríguez, tenía por objeto eliminar la regulación asimétrica de que era objeto Pemex desde la reforma energética del 2014, que le ponía restricciones en la comercialización de combustibles para limitar su poder de mercado.

Al resolver el amparo en revisión 170/2023 bajo la ponencia de Javier Laynez Potisek, la Segunda Sala del máximo tribunal constitucional del país confirmó la sentencia recurrida por el poder Ejecutivo federal, las Cámaras de Diputados y de Senadores y la CRE, y determinó amparar y proteger a empresas que se ampararon en contra del decreto por el que se reformó el artículo Décimo Tercero transitorio de la Ley de citada ley, promulgado el 19 de mayo de 2021, y el Acuerdo A/015/2021 de la CRE publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dos días después.

El 29 de marzo de 2022, el juez de Distrito concedió el amparo a las quejosas en contra de la reforma de 2021.

La sentencia de la Corte fue aprobada por Laynez Potisek, Luis María Aguilar y Alberto Pérez Dayán, presidente de la Segunda Sala; Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz Ahlf votaron en contra.