Para que los mexicanos tengan acceso libre a las declaraciones patrimoniales de los funcionarios públicos, todos deberían vivir en Aguascalientes o Chihuahua, entidades donde esta información es pública de oficio, es decir, las leyes de transparencia obligan a que esta documentación se entregue al ciudadano que lo pida.

Ayer, cuatro de los 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunciaron porque el artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos siga tal cual, pues sus argumentos fueron en el sentido de no otorgar el amparo a la organización Fundar, Centro de Análisis e Investigación A.C., la cual pidió versiones públicas de las declaraciones patrimoniales de los 500 diputados federales de la LXI Legislatura. La discusión continuará este martes, pues no fue agotada por todos los ministros de la Corte.

En Aguascalientes, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública estipula en el artículo 19 que no se considera información confidencial al Informe de Situación Patrimonial de los servidores públicos. En Chihuahua, pese a sus altos niveles de inseguridad, la ley no ha sido modificada. Los funcionarios públicos han puesto como argumento el hecho de que pueden correr riesgos si transparentan detalles de su patrimonio.

La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública define en su artículo 20 que las “declaraciones patrimoniales, salvo los datos que se clasifiquen, son obligaciones de transparencia, es decir que deben publicarse de oficio”.

Estos criterios fueron presentados por la asociación civil Fundar, Centro de Análisis e Investigación, para que le otorgaran un amparo que llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues solicitaron las declaraciones patrimoniales de los legisladores y éstos se negaron a entregar la documentación.

Ayer en la discusión del Pleno de la Corte, el ministro José Ramón Cossío presentó su proyecto para que se otorgara el amparo a la organización no gubernamental. Sin embargo, la mayoría de los ministros que participó en la discusión, presentó sus argumentos en contra.

Los ministros Alberto Pérez Dayán, Margarita Luna Ramos, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Olga Sánchez Cordero, presentaron argumentos en contra de otorgar el amparo a Fundar y con ello, permitir que se abran las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos.

Sólo hubo uno de los ministros se pronunció ayer durante la sesión del Pleno a favor del proyecto de Cossío: El ministro Sergio Valls Hernández, quien dijo que debe prevalecer el acceso a la información.

En sus argumentos, el ministro Gutiérrez Ortiz Mena retomó los argumentos de la ministra Luna Ramos, quien desde el inicio de la discusión abogó porque los diputados federales fuesen citados como terceros interesados en la discusión.

“Pregunto ¿Dónde está la garantía de audiencia de los funcionarios para revelar su información o sus datos personales, datos patrimoniales que son atributo de la personalidad del ciudadano, no obstante que ese ciudadano sea o no sea servidor público? Y hago eco de un comentario que hizo la Ministra Luna Ramos hace unos minutos ¿Por qué no son terceros perjudicados, por qué no tienen garantía de audiencia?”, dijo Ortiz Mena.

Previamente, Luna Ramos dijo: “¿No tendrían que haberse llamado como terceros perjudicados a los diputados que en su momento establecieron que estaban de acuerdo en que su información estuviera reservada?”.

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutieron durante la sesión del Pleno qué derecho es más válido. Si el derecho de acceso a la información o el derecho a proteger los datos personales.

El matiz en ambos derechos es que se trata de información relacionada con servidores públicos, desde el presidente de México hasta cualquier funcionario público.

La norma impugnada es el artículo 40 párrafo tercero de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Esto es lo que dice la norma impugnada: “La publicitación de la información relativa a la situación patrimonial, se hará siempre y cuando se cuente con la autorización previa y específica del servidor público de que se trate”.

Por su parte, el ministro Alberto Pérez Dayán también se pronunció en contra del proyecto presentado por el ministro Cossío.

“No necesariamente por conocer el contenido de una declaración de responsabilidad patrimonial podemos alcanzar la determinante de si un servidor público cumple o no con sus cometidos. Y finalmente, la información ahí está, y si está allí, será utilizada cuando ésta no concuerde con los ingresos por los órganos que tienen constitucional y legalmente conferida la responsabilidad de actuar en casos en que se den estas circunstancias anómalas”, explicó.

Los que sí cumplieron en 2011

En 2011, Fundar repartió 500 solicitudes personalizadas a los diputados federales de la entonces LXI Legislatura para que abrieran sus declaraciones patrimoniales.

Sólo tres cumplieron con tal petición. Ellos fueron Liev Ramos Cárdenas (de Nueva Alianza, luego del PAN), los priistas Jesús Ramírez y Eric Rubio. Ramos Cárdenas entregó sus declaraciones a la organización Fundar, tal como se lo solicitaron, Ramírez tenía publicadas sus declaraciones patrimoniales en su página de internet, y Rubio, dijo que su declaración ya era pública, por lo que podían solicitarla a la Auditoría Superior de la Federación (ASF).

Este año, después de la publicación de las declaraciones patrimoniales del presidente Enrique Peña Nieto y de integrantes de su gabinete, la diputada federal panista Elizabeth Yáñez (antes subsecretaria de la Secretaría de la Función Pública) presentó una propuesta para que se entregara de manera abierta esta información.

Observa a la diputada Yáñez en tribuna, en la presentación de su propuesta.

Publicó Animal Político.