El Pleno de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León, aplicó tres multas económicas, dos de éstas, para dos funcionarios del municipio de San Nicolás de los Garza, mientras que una más, para el Director de Protección Civil del gobierno estatal, esto por no responder ninguno de ellos, a una solicitud de información dentro del plazo establecido en la ley de la materia.

Lo anterior, durante la 44ª sesión ordinaria de este organismo, en donde se fijó multar con 75 cuotas equivalentes a 5,046.75 pesos al Secretario de Ayuntamiento de San Nicolás de los Garza, Camilo Ramírez Puente, a quien el peticionario le solicitó copia certificada de la licitación pública internacional No. RP-SP-24/14, que ese municipio realizó mediante el Comité de Adquisiciones, para la compra de lámparas de alumbrado público, así como los trámites jurídicos legales que se hicieron para la cancelación de dicha licitación, y aunque la autoridad demandada respondió y orientó al promovente a dirigirse al sujeto obligado responsable, su contestación no fue dada dentro del plazo señalado en el artículo 116 de la ley de transparencia.

De igual forma, se impuso una multa similar de 75 cuotas, al Encargado del despacho de la Secretaría de Administración y Presidente del Comité de Adquisiciones del municipio de San Nicolás, Miguel Pérez Meseguer, por no dar respuesta en tiempo a una solicitud de información realizada por un particular, relacionada a la licitación pública antes citada sobre la compra de lámparas de alumbrado público.

El Pleno de la CTAINL, resolvió aplicar una multa también de 75 cuotas equivalentes a 5,046.75 para el Director de Protección Civil, Jorge Camacho Rincón, quien también contestó fuera del plazo establecido en la ley de la materia a un requerimiento ciudadano, que le solicitó “El documento donde conste, que la unidad interna de respuesta inmediata ante los riesgos, emergencias o desastres que potencialmente puedan ocurrir, perteneciente a la gasolinera ubicada en la carretera a Reynosa No. 150, en el municipio de Juárez N.L., tiene equipo adecuado para atender este tipo de eventos”.

Cabe aclarar, que en los tres casos antes citados, el Pleno de este organismo, confirmó la respuesta ofrecida por las autoridades demandadas a los promoventes, sin embargo, la contestación extemporánea, da origen a la aplicación de la multa mínima prevista en la fracción I, del artículo 148 de la ley de la materia.

Asimismo, en esta sesión se desahogaron otros procedimientos de inconformidad promovidos en contra del Republicano Ayuntamiento del municipio de Monterrey, de Fomento Metropolitano de Monterrey, de la Secretaría de Finanzas del municipio de San Nicolás de los Garza y del Secretario de Finanzas y Tesorería municipal de San Pedro Garza García, así como de la Directora de Participación Ciudadana de la Subsecretaría de Desarrollo Político de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Nuevo León, los cuales se sobreseyeron en su totalidad, debido a que el peticionario se desistió en muchos de los casos a dichas demandas o bien, porque la inconformidad fue presentada de manera extemporánea.

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