El Pleno de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León, impuso sanciones económicas al Director de la Agencia para la Racionalización y Modernización del Sistema de Transporte Público en Nuevo León, Víctor Manuel Martínez Rodríguez, así como al Director de Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León, José Luis Prado Maillard.

Lo anterior, durante la 38ª. Sesión Ordinaria que celebró el citado órgano de Transparencia, en donde se fijó aplicar una multa de 351 cuotas de salario mínimo lo equivale a 23, 618.79 al Titular de la Agencia para la Racionalización y Modernización del Sistema de Transporte Público en Nuevo León, Víctor Manuel Martínez Rodríguez, en virtud del incumplimiento a la resolución de esta comisión, además se resolvió dar vista a su superior jerárquico, a fin de que le ordene al citado funcionario acatar la orden correspondiente y entregue la información relacionada a diversas concesiones.

Asimismo, se determinó sancionar con una multa de 75 cuotas de salario mínimo equivalente a 5,046.75, al Director de la Facultad de Derecho y Criminología de la UANL, por no responder una solicitud de información a un peticionario, que le requería información sobre el monto de ingresos y egresos de la FACDYC., del 01 de Enero al 31 de Diciembre de 2013, así como el adeudo total que tiene la institución a su cargo, con los medios de comunicación impresos, electrónicos y de cualquier otro tipo, entre otros.

También durante esta sesión se desahogaron otros procedimientos de inconformidad, 2 en contra de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, 2 del Instituto de Control Vehicular del Estado y otro más en contra de la Presidenta Municipal de Monterrey, N.L.

Tales asuntos se sobreseyeron, ya que los peticionarios, solicitaron la información en calidad de funcionarios públicos, por lo tanto, al tratarse de una controversia suscitada entre diversos servidores públicos, la Comisión no es legalmente competente para dirimir estos asuntos interpuestos, actualizándose, por consecuencia, causal de improcedencia prevista en la fracción IV, del artículo 133 de la Ley de la materia.