En un Estado democrático de derecho, todos los poderes: el presidente, el Congreso, los jueces, están, sin excepción, subordinados a la Constitución. Sin embargo, su texto admite diversas lecturas. ¿A quién corresponde la última palabra en su interpretación? Esta es, justamente, la función de un tribunal constitucional.

La Suprema Corte mexicana, con sus peculiaridades, es un tribunal constitucional. Su misión primordial es proteger los derechos humanos, asegurar el control de la constitucionalidad de las leyes y resolver los conflictos entre los distintos órganos del Estado, siempre conforme a la Constitución. Aunque formalmente es parte del Poder Judicial, desempeña un papel a medio camino entre la justicia y la política. Esto se refleja en diseño. Así, aunque por un lado es un contrapeso a los otros poderes, por el otro, son los otros poderes los que determinan su integración. (Guarnieri y Pederzoli, Los jueces y la política, 1999).

La indebida renuncia del ministro Zaldívar abrió la puerta para que inicie el proceso de nombramiento de una nueva ministra. Esto sucede en un contexto peculiar, pues López Obrador ha rechazado varias decisiones de la Suprema Corte, ha manifestado su intención de impulsar una “reforma tajante” al Poder Judicial y ha expresado públicamente su expectativa de que la nueva ministra responda a la visión de la cuarta transformación. Todo ello plantea, al menos, dos dilemas.

Primero, la legitimidad de las decisiones de los tribunales constitucionales se encuentra, en buena medida, en la autonomía e integridad ética de los jueces, en su conocimiento y experiencia, así como en su capacidad para argumentar y generar diálogo con sus pares. Esto no implica neutralidad ideológica, sino independencia de criterio. Algunas preguntas para las integrantes de las ternas. ¿Cómo se posicionan frente a la expectativa presidencial de lealtad incondicional? ¿Supone una renuncia previa a su capacidad de decidir con autonomía? ¿Cómo conciben su rol dentro de la Suprema Corte? ¿Dónde reside su lealtad, con la Constitución o con el presidente?

Segundo, la designación de la nueva ministra requiere de una mayoría calificada en el Senado. Si luego de dos ternas no se alcanzan los votos necesarios, la Constitución establece que la decisión recae en el presidente. Así, López Obrador tiene todas las de ganar. La primera terna propuesta tiene sin duda sesgos. La segunda puede doblar la apuesta. Así el Senado, en particular la oposición, enfrenta un dilema complejo: rechazarlas y dejar la decisión final en manos del presidente, o realizar un análisis riguroso de las trayectorias, desempeño y visión de las candidatas, para tomar una decisión razonada.

La elección de una nueva ministra tendrá una incidencia crucial a mediano y largo plazo. Lo que está en juego es, ni más ni menos, el modelo de democracia que deseamos para nuestro país.

Fuente: Milenio