Es importante recordarles a los y las senadoras que una resolución de la SCJN es obligatoria, no opcional, y que han tenido más de un año y medio para cumplir con sus responsabilidades constitucionales y nombrar a los comisionados faltantes del INAI.

Este lunes 2 de octubre, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió –por mayoría– que la controversia constitucional 280/2023 promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), ante las omisiones persistentes del Senado de la República de designar a tres de sus integrantes, es procedente, fundada y constituyen un incumplimiento a las obligaciones constitucionales de la Cámara alta. Por lo que tiene hasta el próximo 15 de diciembre para llevar a cabo la votación en términos del artículo sexto constitucional para cubrir las vacantes derivadas de la conclusión de la responsabilidad de los entonces comisionados Rosendoevgueni Monterrey Chepov y Francisco Javier Acuña Llamas. 1

La resolución de la SCJN es vital para proteger los derechos de acceso a la información y protección de datos personales que tenemos todas, todos y todes, pues desde el 1 de abril de este año el pleno del INAI no contaba con el quórum legal para sesionar 2 y poder desahogar un acumulado de más de 8 mil recursos de revisión presentados ante negativas de información. Afortunadamente, la Corte también confirmó que el pleno del INAI podrá continuar sesionando con sus cuatro integrantes actuales, siempre y cuando estén presentes en cada sesión, como una medida provisional ante las evasivas del Senado para designar.

Sin embargo, pareciera que una parte del Senado tiene la intención de no cumplirla y que los 553 días de rezago que acumulan dos de estas vacantes no son razón suficiente para darle celeridad y atender sus responsabilidades constitucionales. Lo anterior, ante las declaraciones del presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara alta, quien señaló que se hará la votación, pero no puede garantizar que la misma logre la mayoría calificada para designar a dos de las tres personas comisionadas faltantes, argumentando que la SCJN no puede ordenarles el sentido del voto para lograr los consensos.

El máximo tribunal del país fue claro: los “intentos” realizados por el Senado para simular que atienden su obligación constitucional de designar por sí mismos no son suficientes sino hasta que éstos redunden en la integración completa del órgano garante de transparencia tal y como lo establece la Constitución Política.

Por lo que es sumamente llamativo que el grupo mayoritario en la Cámara alta anticipe la “posibilidad” de no juntar la votación requerida y además afirme –de paso– que están de acuerdo en la reducción del presupuesto del INAI en un 50 por ciento, otra de las vías para debilitar el funcionamiento de instituciones clave para los controles democráticos y la apertura gubernamental. Inclusive, se externó que sería “mejor” crear una nueva convocatoria para asegurar “perfiles independientes”, pese que el proceso de 2022 3 ha sido de los mejores realizados en la presente Legislatura.

Es importante recordarles a los y las senadoras que una resolución de la SCJN es obligatoria, no opcional, y que han tenido más de un año y medio para cumplir con sus responsabilidades constitucionales y nada. ¡Simplemente injustificable! Cuando la SCJN le ordenó al Ejecutivo Federal proponer los tres nombres de las vacantes en el pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica, el presidente de la República tuvo que acatarlo; lo mismo se espera de la casa de donde emanan las leyes que nos rigen. ¡No más pretextos, designen ya!

#SinCuotasNiCuates

#CortePorLaTransparencia

Kathia García Rodríguez es investigadora del Observatorio de Designaciones Públicas (@designaciones) e Marcia Itzel Checa Gutiérrez la coordinadora general. El Observatorio es un proyecto impulsado por Article 19 México y Centroamérica y Fundar, Centro de Análisis e Investigación, que tiene el objetivo de promover estándares de transparencia, participación ciudadana y rendición de cuentas en los procesos de designación de altas responsabilidades públicas y generar una deliberación pública sobre la idoneidad de los perfiles como una vía para contribuir al fortalecimiento de las instituciones.

1 Debido a que la vacante del entonces comisionado Óscar Guerra Ford enfrenta un amparo.

2 El pasado 23 de agosto, la segunda sala de la SCJN resolvió un recurso de reclamación para que el pleno del INAI pudiera sesionar con sus cuatro integrantes actuales: Adrián Alcalá Méndez, Norma Julieta Del Río Venegas, Blanca Lilia Ibarra Cadena, Josefina Román Vergara.

3 En el proceso de 2022, se integró un Consejo de Evaluación (ciudadano) que valoró el desempeño de las entrevistas de las 48 personas aspirantes, por lo que es grave que una buena práctica pretenda ser suplantada. El Consejo se conformó por: Universidad Iberoamericana; el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM; la Universidad de Guadalajara; el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey; y, el Núcleo de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Alianza para el Gobierno Abierto (AGA), conformado por: Artículo 19; Causa Natura; Contraloría Ciudadana; Equis Justicia para las mujeres; Fundar, Centro de Análisis e Investigación; GESOC; Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir; Instituto Mexicano para la Competitividad; México Evalúa; Observatorio Nacional Ciudadano; Social TIC y Transparencia Mexicana.

Fuente: Animal Político