El portal Plaza de Armas publicó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que una denuncia anónima puede ser suficiente para que el Instituto Federal Electoral (IFE) ejerza sus facultades investigadoras.

Lo anterior, en relación a la existencia de un hecho que pudiera constituir infracciones a la ley en materia de financiamiento público, mismo que justifique el inicio de un procedimiento sancionador.

En un comunicado, el TEPJF indicó que al emitir la Jurisprudencia 49/2013, estableció, como requisito mínimo, que las quejas o denuncias presentadas ante el IFE estén firmadas para identificar al autor, ya que sólo así el inculpado podrá defenderse de las imputaciones hechas en su contra.

Sin embargo, abundó, si el organismo electoral recibe una denuncia anónima sobre la existencia de un hecho ilícito en esta materia, y lo corrobora con los elementos que tenga a su disposición en ejercicio de sus funciones, puede iniciar un procedimiento sancionatorio.

Luego de que la Sala Superior se pronunció en torno a dos recursos de apelación y un juicio para la protección de los derechos político-electorales relativos al tema del financiamiento, la jurisprudencia fue aprobada por los integrantes del pleno…

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