A pesar de que en el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) permanecen vacías tres sillas de comisionados –y que el Senado de la República sigue siendo omiso en realizar dichas designaciones–, los cuatro comisionados nos sentimos alegres y enérgicos de retomar las sesiones de Pleno, una de las actividades más sustantivas del Instituto para garantizar los dos derechos que tutelamos: el de acceso a la información y el de protección de datos personales.

Hoy 6 de septiembre, el Pleno del INAI llevará a cabo su segunda sesión ordinaria con cuatro integrantes, luego de que –por una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)– el pasado 30 de agosto retomamos actividades y votamos 5 mil 993 recursos de revisión que estaban pendientes desde abril del año en curso.

En esta nueva sesión, llevaré a tribuna aproximadamente 150 proyectos de resolución que se someterán a votación, esperando que mis compañeras y compañeros del Pleno me acompañen en el sentido de cada uno de ellos. Vale la pena destacar en este espacio dos de estos proyectos, los cuales demuestran la relevancia del derecho de acceso a la información para la sociedad en general y la importancia de que el INAI opere a plenitud.

El primero es contra la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), donde una persona solicitó la lista de atletas y entrenadores que hayan recibido recursos de dicha institución y tengan adeudos o comprobaciones pendientes incompletas, además del monto detallado por caso.

Este asunto es de relevancia pública pues, como lo ha documentado la prensa, distintas atletas y selecciones de disciplinas han interpuesto demandas en contra de CONADE por retrasos en pagos de becas. Es fundamental que las y los deportistas de alto rendimiento en nuestro país cuenten con todo lo necesario para competir pues no solo representan el orgullo nacional, sino que son un ejemplo de salud, dedicación, esfuerzo y disciplina para la ciudadanía.

Ante esta petición, el sujeto obligado, la CONADE, manifestó que el procesamiento de información requerida “sobrepasa sus capacidades técnicas” y que, por esta razón, no le es posible atender la modalidad elegida para entregar la información. Estos argumentos generaron una inconformidad de la persona solicitante, quien interpuso una queja (recurso de revisión) ante el INAI para que este Instituto intercediera y se le garantizaran sus derechos.

El segundo es en contra de la Secretaría del Bienestar, pues una persona le requirió ciertos datos precisos sobre el Programa “Sembrando Vida” en Colima, específicamente, se le pidió: el número de árboles sembrados; el estatus de estos árboles; la inversión destinada para tales fines; y el padrón de beneficiarios del programa, todo del 2020 a la fecha. No obstante, la claridad en la petición, la Secretaría del Bienestar entregó la información incompleta.

En el Pleno histórico de la semana pasada posicioné un recurso en contra de este mismo sujeto obligado sobre el mismo programa social, solo que en esa ocasión le pedían los montos de los recursos suministrados a dependencias de las 32 entidades federativas.

Como lo expuse en ese momento y lo refuerzo en estas líneas, estos asuntos –al igual que todos los dictaminados en el INAI– ejemplifican a cabalidad cómo el ejercicio del derecho de acceso a la información es el medio idóneo para el control ciudadano, además de ser una condición indispensable para la rendición de cuentas de las instituciones del Estado.

Por lo anterior, así como por la trascendencia de la protección de la privacidad de la sociedad, es que el Pleno del INAI es una luz para nuestra democracia.

Fuente: Sol del Centro