Cuatro comisionados del nuevo IFAI dejaron pasar la primera oportunidad que tuvieron, como órgano colegiado, para acreditar su autonomía y ejercer las facultades que les otorgó la reforma constitucional que renovó la vida de ese órgano. Cuatro de siete, consideraron que no había argumentos jurídicos suficientes para presentar una acción de inconstitucionalidad en contra de una parte de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que, a juicio de una larga lista de individuos y organizaciones sociales, viola el derecho a la intimidad.
El IFAI no tenía que pronunciarse sobre el contenido sustantivo de esas normas que, en una nuez, le permitirán a cualquier autoridad acceder a las comunicaciones electrónicas que haya tenido cualquier usuario, durante un año y en tiempo real, además de instruir a las empresas que administran ese flujo de datos a conservarlos durante otro año. Lo que se pedía de las y los comisionados no era un análisis jurídico sobre la validez de los artículos de esa ley, que abrirán la puerta a cualquier autoridad para escudriñar las comunicaciones y hasta la ubicación de las personas que interactuamos en México a través de medios electrónicos —aun sin mediar orden judicial o sospecha fundada—, sino asumir su papel como órgano garante de un derecho fundamental que está desafiado por una ley secundaria.
Al IFAI se le pedía que se hiciera cargo de la amenaza que esas disposiciones plantean al derecho a la intimidad y que permitiera que fuera la Suprema Corte de Justicia, y nadie más, quien dijera la última palabra. Pero en una votación dividida, la mayoría de sus integrantes prefirió anticipar la discusión que eventualmente se tendría en el máximo tribunal del país, en lugar de garantizar con todos los medios a su alcance que la protección de los datos personales no sea vulnerada de ninguna manera. El órgano garante perdió esta oportunidad de actuar a nombre de las personas, titulares de los derechos fundamentales, cuya tutela le da sentido a su propia existencia.
Las críticas que se le han venido encima equivalen a la dimensión de la oportunidad que dejaron pasar. Leyendo los argumentos de las y los comisionados que produjeron este desencuentro, puede pensarse que se dejaron llevar por su convicción personal y su experiencia jurídica previa. Pero aún así, salta a la vista que olvidaron el núcleo central del papel que están llamados a desempeñar, como las autoridades de mayor jerarquía en la garantía de los derechos que la Constitución ha puesto en sus manos. Olvidaron la ética de la responsabilidad.
En sentido inverso al principio que impide a un jurado condenar a alguien cuya culpabilidad no esté completamente probada, la defensa de los derechos fundamentales debe emprenderse siempre que quepa alguna duda razonable sobre su violación. La sola duda bastaba para pedir la intervención de la Corte y para demostrar, en los hechos, el compromiso del nuevo IFAI con su función primordial. Y no sobra recordar que las instituciones políticas son productos sociales y que su sentido y vigencia no puede darle la espalda a su propia historia. En este sentido, apenas si es necesario insistir en que el nuevo IFAI nació de la evolución reciente de esos derechos en cuya defensa —como la propia Constitución lo ordena— no debe escatimarse ningún esfuerzo. Y mucho menos, los de la institución creada ex profeso para salvaguardarlos.
La oportunidad que se ha dejado pasar es ya irrecuperable. Pero me gustaría pensar que la gravedad política y jurídica de este episodio puede llamar a la conciencia del cuerpo colegiado que dirige el IFAI y hacerle ver que, por encima de sus argumentos y convicciones individuales, las instituciones políticas no pueden ser ajenas al entorno que las rodea, a la historia que les dio vida y a la misión que las justifica.
Fuente: El Universal