Hay dos temas que impactan en la rendición de cuentas y que parecen estar saliendo poco a poco del baúl de los olvidos: los archivos gubernamentales y el control interno. Ambos pueden analizarse como procesos de trabajo en la administración pública pero también, ambos están relacionados con el muy evocado sistema de rendición de cuentas que no terminamos por construir adecuadamente en nuestro país.

Tampoco los ámbitos subnacionales han sido tan atractivos para la investigación académica, a excepción de los temas específicos de transparencia, fiscalización superior o los muchos escándalos de corrupción gubernamental, distribuidos a todo lo largo y ancho del territorio nacional.

La suma de estos relegados temas, más la contabilidad gubernamental que no termina de armonizarse, ponen en riesgo algunos avances en el ámbito federal. Esto, sin querer ya pasar a las responsabilidades y consecuencias de la rendición de cuentas.

Este año, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) nos obsequió el tremendo documento “Estudio general de la situación que guarda el sistema de control interno institucional en el sector público federal” el cual pone de manifiesto como lo reseñó ya en este medio Gutiérrez Salazar, las muchas deficiencias existentes y lo lejos que estamos de tener un control interno de calidad internacional, como lo establece COSO (Committee of Sponsoring Organizations) y como lo ha enfatizado el Auditor Superior de la Federación, Juan Manuel Portal.

Tras la lectura y análisis de las bajas evaluaciones que reporta la ASF, saltan las dudas ¿y cómo estarán los sectores públicos estatales y municipales? ¿igual de mal? ¿peor?

Comparto algunos datos de Jalisco, unos alentadores otros no tanto pues como en una nota anterior resalté, las contralorías municipales, siguen siendo las olvidadas en todo este ir y venir de “reformas estructurales”:

  1. Desde el año 2012 existe un “Acuerdo para el Fortalecimiento del Sistema Estatal de Control y Evaluación de la Gestión Pública y Colaboración en materia de Transparencia y Combate a la Corrupción” celebrado entre Jalisco y la federación. Este acuerdo es fundamental para la coordinación de acciones de vigilancia del gasto federalizado.
  2. Sin embargo, fue hasta el pasado 9 de junio de 2014, que se publicó el Acuerdo del Gobernador que expide las “Bases generales de vinculación en materia de control y evaluación gubernamental entre la Contraloría del Estado y los órganos de control y vigilancia de las dependencias y entidades de la administración pública del estado”; con este acuerdo se echa andar el Sistema Estatal mencionado y se crea la Comisión de Control y Evaluación Gubernamental del Estado.
  3. También, la Contraloría del Estado de Jalisco, está constituyendo la Comisión de Contralores Estado-Municipios.
  4. Sin embargo, la legislación jalisciense permite que cada Ayuntamiento decida su forma de control interno, lo cual suena muy bien para la autonomía municipal pero ha desembocado en un escenario variopinto o una franca ausencia de control.
  5. De los 125 municipios de Jalisco, solo 96 tienen la figura de la Contraloría Municipal, y de éstos, únicamente 62 Contralores están identificados (sí, con nombre y apellido), 29 no tienen la figura y quienes hacen esa función trabajan en la tesorería, sindicatura, departamento de egresos, oficialías mayores o encargados de la hacienda municipal.
  6. Las contralorías municipales no son autónomas, y esto no es privativo de Jalisco; dependen de una comisión edilicia que se encuentra presidida por el alcalde e integrada en muchos casos, por regidores de diversos partidos políticos que en ocasiones, sobreponen los intereses de éstos a la dirección objetiva de la Contraloría y sus labores imparciales en materia de auditoría gubernamental.
  7. Existe una conflictiva confusión orgánica de funciones en las Contralorías internas y equivalentes (órganos de vigilancia interna o comisarios) ya que en muchos casos, son responsables del control interno y de la aplicación del derecho disciplinario (sanciones a los servidores públicos) que puede derivarse de una auditoría interna o una externa.

Solo este vistazo superficial a los órganos encargados del control interno, y su coordinación estatal, previa a su incorporación al Sistema Nacional de Fiscalización, genera ansiedad. Observando a mayor profundidad, encontramos reglamentos obsoletos, escasos manuales de trabajo, carencia de portales web, infraestructura endeble, poco personal y menos presupuesto. Lejos, muy lejos del marco integral de control interno requerido por COSO y más aún, de que el control interno sea uno de los primeros y más sólidos engranes de una rendición de cuentas de los gobiernos. Ojalá que el desenredar y tejer no se convierta en el complejo de Penélope de los gobiernos locales que prometieron en las elecciones pasadas, una auténtica rendición de cuentas.