Horacio Ortíz y Alejandra Galván.-

La decisión del IFAI de no presentar una demanda de acción de inconstitucionalidad contra tres artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (Ley Telecom), violatorios de los principios de acceso a la información y protección de datos personales, dio lugar a diversas reacciones de especialistas, organizaciones de la sociedad civil y legisladores, que consideraron perdida la oportunidad de que el organismo ratificara su plena autonomía frente a los poderes de la federación.

Haydee Pérez Garrido, directora de transparencia y rendición de cuentas de Fundar, lamentó que el pleno del IFAI votara en contra de presentar dicha acción (cuatro votos contra tres), y consideró que la ciudadanía ha dado una larga lucha para contar con órganos garantes robustos que defiendan derechos ciudadanos.

“En este primer gran desafío que el nuevo IFAI enfrenta para mostrar que tiene las posibilidades y la determinación de ejercer este mandato a cabalidad, nos queda mal”, dijo. (Audio completo: http://bit.ly/1piUaqF)

Una acción de inconstitucionalidad supone que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debe revisar si los artículos señalados -30, 189 y 190-, violan derechos humanos de privacidad y salvaguarda de datos personales.

Estos artículos, de acuerdo con los comisionados del IFAI Areli Cano y Óscar Guerra Ford –ambos a favor de la acción-, vulneran los principios de acceso a la información y protección de datos personales, pues “permiten que cualquier autoridad tenga acceso a los registros telefónicos de los ciudadanos sin establecer mecanismo de control que eviten abusos”.

Cano argumentó que los artículos 189 y 190 permiten a “cualquier autoridad” acceder a los datos de los usuarios de telefonía para ser empleado en cualquier tipo de indagación, pasando por alto los controles que actualmente ya contemplan otras leyes, como precisar qué autoridades son las responsables de tener acceso y constreñirlos a cierto tipo de delitos calificados como graves.

A su vez, Guerra Ford dijo que en el artículo 30 “se reservan las grabaciones de las reuniones que los comisionados del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sostengan con los representantes de los agentes que regulan”, sin establecer un periodo específico para su desclasificación y sin que dicha reserva contemple alguna de las causales que prevé la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Joel Salas, el tercer comisionado que votó a favor de la acción de inconstitucionalidad, señaló que el IFAI no solamente está legitimado por la ley para presentar la demanda de acción de inconstitucionalidad sino que, este caso, le permite, por primera vez desde que es órgano constitucional autónomo, asumir plenamente sus responsabilidades.

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Sesión plenaria del IFAI

El debate en el IFAI duró más de cinco horas y por primera vez desde que asumieron su cargo el 13 de mayo pasado, los comisionados tuvieron posturas encontradas. La mayoría, integrada por Ximena Puente de la Mora, consejera presidenta del Instituto; Patricia Kurczyn; Rosendoevgueni Monterrey y Francisco Javier Acuña, consideró que los artículos señalados no contravienen los principios de acceso a la información y protección de datos personales.

Puente, Monterrey y Kurczyn sostuvieron que el IFAI “no está legitimado” para presentar la demanda debido a que no es su materia lo que se pretende combatir, pues los principios que presuntamente se ven afectados son los de legalidad, seguridad jurídica, derechos humanos y privacidad.

¿Qué es una acción de inconstitucionalidad?

Una acción de inconstitucionalidad se presenta cuando “se alega una contradicción entre la norma impugnada y la propia Ley Fundamental”.

Pueden promoverlas los legisladores, Senadores y Diputados –Federales o Locales– o, que conformen una minoría parlamentaria que represente al menos 33% del total de quienes integran el órgano que haya expedido la norma que se impugna:

El Procurador General de la República; los partidos políticos con registro ante el Instituto Nacional Electoral o los partidos con registro local, cuando se trate de leyes electorales; la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y los organismos de protección de tales derechos de los Estados y del Distrito Federal.

La SCJN realiza un análisis abstracto de la constitucionalidad de la norma.

Se desahoga a través de un procedimiento en el que no existen periodos de pruebas y alegatos. Sólo procede en contra de normas generales, inclusive las de carácter electoral. La sentencia tiene efectos generales siempre y cuando haya sido aprobada por lo menos por ocho ministros.

Reacciones inmediatas

Tras la votación, Sergio López Ayllón director del CIDE, dijo a través de su cuenta de twitter (@slayllon) que la SCJN debió resolver las preguntas constitucionales que siguen abiertas, a raíz de la decisión del IFAI sobre no llevar a cabo acción de inconstitucionalidad contra la Ley Telecom.

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A su vez, Miguel Pulido, director ejecutivo de Fundar, expresó en su columna de opinión del periódico El Universal, que el IFAI perdió su oportunidad para luchar por ser autónomo. “Es una oportunidad de oro para ver si cuando se trata de defender derechos se está a la altura de las circunstancias, aunque la tensión política o la presión gubernamental se incrementen”, escribió. (Lee la columna completa aquí: http://bit.ly/1uOTF8B)

La organización Artículo 19, señaló en su cuenta de twitter (@article19mex) que es al IFAI a quien le corresponde proteger la privacidad que viola la Ley Telecom.

En un espacio en el portal Animal Político, mencionan que si el IFAI no se pronunciaba a favor de interponer la acción de inconstitucionalidad, “podría ser identificado como una simulación más que un estado que protege los derechos de sus ciudadanos”. (Lee la nota completa: http://bit.ly/VkzN0O)

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El director de Sonora Ciudadana, Guillermo Noriega Esparza, comentó en su columna de opinión del periódico El Imparcial, que el “nuevo IFAI” evidenció que para estar a la altura de las circunstancias que exige la sociedad en la defensa de sus derechos, hace falta mucho más que tener autonomía, nuevos integrantes (del IFAI) y facultades suficientes.

“Hace falta ejercerlas, tener las manos libres… Un tema de datos personales relevante y sensible, en el cual el IFAI no debía necesariamente determinar su constitucionalidad, sino solamente requerir a la SCJN analizar el asunto. Los comisionados decidieron simplemente no molestar a los ministros”, escribió Noriega.  (Columna completa aquí: http://twitpic.com/ea48mb)

La oposición política

En entrevista radiofónica, el Senador del PAN, Javier Corral, aceptó que en el Senado fue imposible conseguir el total de las firmas para presentar el recurso de inconstitucionalidad sobre la Ley Telecom. Señaló que fue un proceso de simulación, encabezado por el mismo presidente de su partido, Gustavo Madero.

“Ayer (por el miércoles), parecía que teníamos el número suficiente, pero entraban a la acción y luego se salían, llegamos a tener 160, pero algunos se bajaron, porque en esas últimas horas se desataron presiones, hay quienes dijeron que se sumaban, a otros los bajaban por teléfono”, dijo el Senador.

En esa entrevista, Corral dijo que esperaban que los legisladores de la Cámara de Diputados lograran ejercer la acción, sin embargo, tampoco fue así, pues de acuerdo a la diputada perredista, Purificación Carpinteyro, “hubo presiones por parte del ex coordinador de la bancada del PAN (Luis Alberto Villarreal) para que sus diputados no votaran”.

La diputada del PRD, narró en el noticiero de Carmen Aristegui en MVS, que después de las 9 de la noche del último día para presentar la acción, tenían más de 20 firmas de panistas, más de las necesarias para presentarla, y cuando estaban por entrar a la SCJN (ella y la diputada del PAN, Beatriz Zavala), los diputados empezaron a recibir llamadas de Villareal para retirar su firma. (Audio completo: http://bit.ly/1re1gjl)