Por Sergio Rivera Sánchez*

El “Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010” es una extraordinaria fuente de información pública que concierne a todo ciudadano interesado en una mejor rendición de cuentas en nuestro país. Presentado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), como todos los años, atrae la atención sobre los rubros fiscalizados, los cuales abarcan una buena parte de las funciones sustantivas del Gobierno Federal.

En lo relacionado a los temas de interés para nuestra organización, en la última semana destacó una nota periodística que clama “No ejerce facultades la Secretaría de la Función Pública, dice Auditoría”. Del examen al informe sobre la “Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 10‐0‐27100‐02‐1184”, practicada a esa dependencia, se desprenden diferentes elementos que podrían orientar a esa conclusión (sin que tal cosa se afirme tajantemente). Como resultado de este análisis, empero, hemos encontrado una serie de datos a los que conviene hacer eco, por su relevancia.

Destaca así, que los sistemas de evaluación a la gestión dentro de la propia Secretaría, en lo referente a sus Órganos Internos de Control, se encuentran completamente desarticulados. Sucesivamente, se traslapan nuevos y “mejores” indicadores que resultan incomparables entre sí, por ejemplo. Además, los cálculos muestreados por la ASF resultaron en su mayoría erróneos, por lo que las cifras difundidas no corresponden a evaluaciones confiables. Esto representa un descrédito evidente a esta fuente de información pública, pero no es el único caso.

Adolecen de similares vicios los reportes sobre el destino de las quejas y denuncias ciudadanas, así como las sanciones que, en su caso, resultan. Esto, además de que las sanciones económicas representan sólo el 9% del total de medidas tomadas en contra de servidores públicos. Por cierto, no se tiene un mínimo esquema de coordinación y control que permita el cobro de multas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT). La ineficacia de las sanciones trasciende hasta la detección esporádica, por el ente fiscalizador, de un servidor público que continúa prestando sus servicios a pesar de haber sido inhabilitado.

La conclusión a la que arriba la nota periodística referida no es del todo veraz, ni se encuentra respaldada en un documento, pero sí refleja una tendencia. Si las facultades de control y vigilancia del ejercicio de la función pública se realizan aleatoriamente, plagadas de deficiencias y sin seriedad por parte de los servidores públicos, se provoca un serio daño no sólo a esta porción de la gestión pública sino al gobierno en general.

El mantenimiento de espacios de opacidad proclives a la corrupción podría calificar, incluso, como una complicidad involuntaria entre los “vigilantes” y los “vigilados”. En este sentido, existe la oportunidad para que la Secretaría atienda y colabore con la sociedad civil y eleve sus estándares de calidad y eficiencia en la esencial tarea que tiene encomendada. Confiamos en que así será.

*Presidente del Consejo Directivo de ONG Contraloría Ciudadana para la Rendición de Cuentas, A.C.  www.contraloriaciudadana.org.mx / serivesa@yahoo.com