En el proceso electoral para renovar los Ayuntamientos del Estado de Hidalgo, la principal preocupación de los partidos políticos debería ser que la ciudadanía conozca y reconozca a los candidatos que integran las Planillas. Sí los electores saben quiénes contienden para Presidentes, Síndicos y Regidores, darán un mejor sentido a su decisión de voto.

Partidos y candidatos, tienen que ilustrar pedagógicamente a los ciudadanos que el Ayuntamiento es el órgano del poder político al que la Constitución le concede la responsabilidad de ejercerlo en la sociedad; y como institución de poder público, es la autoridad investida para dirigir, conducir y regular la vida municipal, y representar al conjunto de la sociedad con el poder de velar y proteger los bienes públicos, es decir, los que pertenecen a todos los ciudadanos del municipio; y de respetar, proteger y garantizar el ejercicio de los Derechos Humanos en su territorio.

Divulgar y entender estos conceptos es fundamental. Provocará en el electorado una buena impresión comunicarles que el Ayuntamiento es el órgano de gobierno del municipio; que susintegrantes tienen los cargos de Presidente Municipal, Síndicos o Regidores y deben organizarse y funcionar como cuerpo colegiado. Que el voto popular directo convierte al Ayuntamiento en órgano político, por lo que la ley les asigna funciones, atribuciones, responsabilidades y obligaciones, y le señala que de manera conjunta deliberen, acuerden y tomen las decisiones del gobierno municipal, cuya ejecución corresponde al Presidente Municipal.

Las campañas políticas deben destacarque el Ayuntamiento es un órgano de gobierno colegiado. No debe seguirse privilegiando el protagonismo del candidato a Presidente Municipal e ignorar por completo a los candidatos a Síndicos y Regidores. Esta es una práctica nociva que no tiene futuro en la nueva pluralidad de los Ayuntamientos, por lo que hay que evitar que esta práctica trascienda al ejercicio de gobierno.

Las funciones que corresponden a los Síndicos son fundamentales y repercuten a la ciudadanía. Los asuntos que manejan se relacionan con ejercicio del presupuesto de egresos, de ingresos, de deuda pública y del cobro de impuestos, derechos y aprovechamientos. En algunos casos tiene voto de calidad; son auxiliares del ministerio público; y en general, con la representación jurídica del Ayuntamiento, se encargan de la promoción y defensa de los intereses municipales.

En tanto que a los Regidores corresponde presidir las diversas comisiones contempladas en la Ley Orgánica Municipal, y las que se creen con el propósito de atender alguna prioridad específica del municipio; promover la participación social; presentar propuestas consensadas con las comunidades para el desarrollo municipal; vigilar el cumplimiento de los acuerdos que tome el Ayuntamiento, y los de las normas establecidas en la leyes y en los planes y programas autorizados; y proponer iniciativas con proyectos de nuevos reglamentos, o de reforma a los vigentes que mejoren la atención de los asuntos vinculados a las funciones del Ayuntamiento.

Dar a conocer la forma como se organiza y funciona el Ayuntamiento es un tema obligado de las campañas políticas, por eso es importante la presencia de todos los candidatos que integran la Planilla; los ciudadanos deben conocer sus programas de trabajo y las responsabilidades de sus cargos, así como, valorar sus conocimientos y experiencias y en esta interacción, los candidatos podrán beneficiarse del conocimiento, la frescura, la emoción y el compromiso ciudadano, quien siempre estará dispuesto a aportar solidariamente su inteligencia social, a la responsabilidad del ejercicio de gobierno.

La ciudadanía debe saber en manos de quién quedará la atención de sus asuntos, por eso los candidatos (Presidentes, Síndicos y Regidores) deben formalizar compromisos ciertos; prácticas institucionalizadas de participación e inclusión ciudadana y de Buen Gobierno; y disponer de mecanismos y herramientas que registren, evalúen, prioricen, materialicen y monitoreen las promesas de campaña.

El proselitismo de la campaña política, deberían tratar de conseguir el respaldo ciudadano procurando que los electores: a) conozcan la información personal de los candidatos (cfr. https://wp.me/p1JSMG-B8); b) valoren y comparen la visión del municipio y la viabilidad económica, social, técnica, programática y presupuestal de las propuestas de las distintas ofertas políticas, y c) comparen las capacidades, experiencias y conocimientos que tienen los candidatos sobre la forma como debe organizarse el ejercicio de gobierno de acuerdo a un modelo de Nueva Gobernanza.

Los ciudadanos no pueden equivocar su decisión de voto, por lo que deben disponer de suficiente información para resolver por quién votar estableciendo y comparando diferencias entre los candidatos. Empero, el discurso de los candidatos, como fuente principal de información, es disperso, fragmentado e inconexo.

Es importante que se entienda que compiten para un encargo municipal que sólo dura 4 años; que la capacidad económica del municipio es precaria para financiar muchas de las ocurrencias que a diario comprometen en campaña; que enfrentarán una reducción significativa de sus participaciones y aportaciones; que la caída económica de 10 o 12 % del PIB, impactará sus ingresos, al igual que la crisis de salud y la creciente inseguridad pública.

Tengan la seguridad que la ciudadanía apreciará un discurso que garantice conservar, y si es posible mejorar, la prestación oportuna, suficiente y de calidad de los servicios públicos municipales; y el compromiso irrestricto con la rendición de cuentas; el combate a la corrupción y la impunidad; la transparencia; y la participación ciudadana en los asuntos del quehacer público. El Buen Gobierno.

Si el Instituto Estatal Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH), hubiera dado cumplimiento al artículo 48 BIS del Código Electoral, vigente desde el 9 de septiembre de 2019, los hidalguenses ya tendríamos operando el Centro de Estudios para la Democracia; sesubsanaría la precariedad de las campañas, generando información de las plataformas electorales, de la relación de los ciudadanos en los procesos democráticos electorales y sus resultados, de los porcentajes de participación y abstencionismo; y se estarían atendiendo tareas de investigación, docencia y difusión en materia electoral, de participación ciudadana y de educación cívica.

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  • El Dr. Salvador Nava, experto en Derecho Constitucional, señaló “Podría apostar, constitucionalmente hablando, que no se reúnen los requisitos para poder hacer una consulta pública, porque es una función del Estado, viola derechos humanos, viola presunción de inocencia y el debido proceso… cualquier ilícito que haya cometido un presidente de la República en su periodo es susceptible de ser juzgado…Si alguien conoce de algún ilícito debe ir a la FGR, quien integrará una carpeta de investigación y si encuentra elementos debe llevarlo a un juez, que podría juzgarlo… la consulta sobra absolutamente”. (https://bit.ly/2RBw3aK)

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