Este 28 de enero, el IFAI efectuará, de manera paralela en ocho ciudades del país, un evento para informar sobre la importancia de la protección de datos personales, ¿en qué consistirá?
Así es, el 28 de enero es una fecha de gran importancia para los datos personales. En un día como éste, pero en 1981, se abrió a firma el Convenio Número 108 del Consejo de Europa para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal, lo cual dio pauta para que fuera institucionalizado desde 2006 por el Comité de Ministros del Consejo de Europa, como el “Día Internacional de la Protección de Datos Personales”.
En el marco de esta celebración, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), en su carácter de autoridad garante de este derecho fundamental, se suma, como en otras ocasiones, a la jornada internacional para promover el ejercicio del derecho a la protección de sus datos personales.
En esta conmemoración se efectuarán diversos actos que se llevarán a cabo de manera paralela en las ciudades de Guadalajara, Torreón, Veracruz, Mérida, León, Monterrey, Tijuana y Pachuca; el 29 en Villahermosa, y el 4 de febrero en Tlaxcala y Oaxaca.
La intención es generar conciencia en México y sensibilizar a la población sobre la responsabilidad que implica compartir los datos personales con terceros, así como entre los titulares de los datos (las personas) y los responsables de resguardarlos (empresas) sobre la importancia y el impacto del valor cuantitativo y cualitativo de los datos personales dentro de un contexto global y digital, y su debido cuidado y tratamiento.
¿Qué son los datos personales y en qué radica su importancia?
La respuesta es muy amplia pero de manera puntual, los datos personales es toda aquella información concerniente a una persona física, identificada o identificable; es decir, es cualquier información relacionada con una persona, por ejemplo, su nombre, teléfono, domicilio, fotografía, huellas dactilares, RFC, CURP, edad, estado civil, creencia religiosa, afinidad política, preferencia sexual, o cualquier otro dato que pueda servir para identificarla. Este tipo de datos nos permiten ser sujetos de derechos, además de interactuar con otras personas, o con una o más organizaciones.
Gracias al desarrollo de las tecnologías de la información es posible acceder a un universo de información mediante el internet.
Estos avances tecnológicos se han traducido en diversos beneficios económicos y sociales para empresas, individuos y gobiernos, como por ejemplo el acceso a servicios en tiempo real (on line) las 24 horas del día, el desarrollo del comercio electrónico, que cada vez es más recurrido, o bien, el acceso inmediato a un sinfín de bienes y servicios.
Sin embargo, paralelamente a las bondades que tienen estas tecnologías, de alguna o de otra manera, con nuestro conocimiento o sin él, hemos sido objeto de algún tipo de amenaza o violación a nuestra privacidad, concretamente, a nuestra información personal al usar estas tecnologías en momentos determinados, simple y sencillamente por el rastro que vamos dejando en nuestras actividades cotidianas.
Pongamos algunos ejemplos ¿cuántas veces hemos recibido publicidad de empresas con las que no tenemos relación, en nuestras casas o en nuestros correos electrónicos personales?, y nos preguntamos ¿cómo los obtuvieron?; ¿en cuántas ocasiones se han capturado nuestras imágenes en cámaras legal o ilegalmente instaladas? o ¿cuántas veces se nos han solicitado datos personales al efectuar una compra o contratar un servicio, sin que sean indispensables para adquirirlos? o, incluso ¿a quién no le ha sido requerida una copia de la credencial de elector, por ejemplo, para ingresar a un fraccionamiento al visitar a un amigo? o cuando queremos obtener un trabajo, se llega a requerir en el formulario de la solicitud datos como la religión, la afiliación política o hasta preferencias sexuales. Información que, evidentemente, no guarda relación con el motivo por el cual se nos solicita la información.
En México, las empresas o personas físicas (profesionistas) suelen pedirnos datos personales excesivos. Ya no lo permitamos.
Bajo este contexto, los riesgos potenciales para los derechos de las personas que representa el uso de las nuevas tecnologías de la información, específicamente con relación al uso de su información personal, dieron origen a un nuevo derecho fundamental: el derecho a la protección de datos personales. En México fue hasta el 1 de junio de 2009 que este derecho fue plasmado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el 5 de julio de 2010 la publicación de la ley reglamentaria, que es la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Además, de acuerdo al Cuarto transitorio de la misma, a partir del 6 de enero de 2012, los particulares han podido ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición, conocidos como los derechos ARCO.
Este derecho, es el poder de disposición y control que faculta a su titular a decidir cuáles de sus datos proporciona a un tercero, así como el saber quién posee esos datos y para qué propósito, pudiendo oponerse a esa posesión o uso (esta es la denominada autodeterminación informativa).
¿Quiénes son las autoridades encargadas de defender los datos personales de los mexicanos?
En primer lugar debo precisar que el derecho a la protección de datos personales se encuentra regulado en México a nivel federal y local, y tanto en el sector público como en el privado.
En ese sentido, tenemos que el tratamiento de los datos personales en posesión del sector público federal se regula por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y a nivel local por las diversas leyes de transparencia o especializadas en la materia con las que cuentan las entidades federativas y el Distrito Federal.
Por otra parte, el tratamiento de datos personales que realiza el sector privado se regula por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la cual aplica en todo el territorio nacional. Y la vigilancia del cumplimiento de esta norma solamente está a cargo del IFAI.
De esta forma, si el uso indebido de los datos fue realizado por una empresa privada, o una persona física, como podría ser un abogado o un médico, que es el supuesto más común, el afectado puede presentar su inconformidad ante el IFAI y hacer que se respeten sus derechos ARCO.
Es necesario señalar que, recientemente, fue aprobada la reforma del artículo 6º constitucional que otorga al IFAI el rango de organismo constitucional autónomo, similar a la de otros entes como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el INEGI, el Banco de México, entre otros. Gracias a este hecho trascendental, el IFAI amplía su competencia en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales, ya no sólo en el ámbito del Poder Ejecutivo Federal, sino también en el Legislativo (Cámara de Senadores y Cámara de Diputados), así como en el Poder Judicial de la Federación; y los órganos constitucionales autónomos. Esta reforma coloca bajo la vigilancia del IFAI a los sindicatos públicos y a los partidos políticos, ya que éstos reciben y ejercen recursos públicos.
Adicionalmente, el IFAI se constituye como la autoridad a nivel nacional en estos temas, pues podrá conocer, de oficio o a petición de un ciudadano, respecto de los asuntos que sean resueltos en materia de transparencia y protección de datos personales, por los organismos estatales especializados en transparencia.
Desde luego, que este incremento de facultades se acompañará de una modificación de su estructura, pues de cinco comisionados que lo conforman actualmente, pasará a ser un órgano colegiado de siete.
¿Actualmente qué acciones está llevando a cabo el IFAI para proteger los datos personales en México?
El Instituto ha desarrollado herramientas para facilitar a los responsables el cumplimiento de sus obligaciones, como el Generador de Avisos de Privacidad (GAP), que puede ser consultado en la página del IFAI www.ifai.org.mx, para que en forma totalmente gratuita elaboren su aviso de privacidad. No estamos interesados en sancionar, simplemente queremos que quienes manejan datos personales conozcan las obligaciones que tienen, de acuerdo con la Ley, y facilitarles los mecanismos que les permitan cumplirlas.
También hemos hecho un esfuerzo por dar a conocer entre la población la importancia del adecuado manejo de sus datos personales, los derechos que tienen y los procedimientos que existen para que los hagan valer. Un ejemplo de esto, es la plataforma “IFAI PRODATOS”, mediante la cual los particulares podrán presentar denuncias y ejercitar su derecho a la protección de datos personales, desde cualquier sitio de la República.
Al mismo tiempo, hemos procurado difundir entre la población las sanciones que ya ha impuesto el Instituto en sectores estratégicos, con un doble propósito: informar nuestra labor, e indicar que este esfuerzo va en serio, basta observar los montos de las multas que se han impuesto a bancos, empresas de telefonía celular, universidades, médicos, entre otros…
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