Fueron admitidas a trámite por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) las acciones de inconstitucionalidad promovidas por diputados y senadores de oposición en contra del decreto permite que los proyectos clasificados como de seguridad nacional, como el Tren Maya y el Corredor Transístmico, puedan ser administrados por empresas paraestatales de las Fuerzas Armadas.

El ministro Alberto Pérez Dayán admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad 112/2023 y 116/2023, pero les negó a los legisladores la suspensión que habían solicitado, por lo cual el decreto continuará vigente hasta que el máximo tribunal defina si es o no constitucional.

Los legisladores de oposición impugnan el decreto promulgado el 3 de mayo pasado, por el que se reformó el artículo tercero de la Ley de Vías Generales de Comunicación y se adicionó un segundo párrafo al artículo 10 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y el artículo 59 Bis a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Estas modificaciones permiten que las vías generales de comunicación y los modos de transporte asignados a la federación podrán asignarse a entidades paraestatales con vigencia indefinida, asignación que no podrá cederse ni transferirse bajo ningún título y que solo pueden ser suspendidos cuando se acredite que no son estratégicos o que no son de interés público.

En su demanda, los diputados y senadores de oposición afirman que es preciso impedir a los militares administrar estos proyectos estratégicos, con el fin de “evitar que se doten de concesiones a las Fuerzas Armadas que trastoquen de forma inmediata e irreversible la relación entre poderes civiles y militares al darles una autonomía económica indebida”.

Fuente: La Jornada