Por Aimée Figueroa

Los recursos públicos son buena parte del núcleo duro de la rendición de cuentas de los Estados democráticos y, aunque en México carezcamos de una definición legal de los mismos y confundamos el término con gasto público y, en casos extremos, con presupuesto, queda clara su función vital para el desarrollo económico, la gestión pública y el bienestar colectivo; se sabe que la naturaleza de los recursos públicos conlleva su escasez y de ahí deriva la importancia de la toma de decisiones sobre ellos y la rendición de cuentas sobre su uso y resultados. También sabemos que la corrupción se encuentra estrechamente ligada a la forma en que los recursos públicos son gestionados y utilizados y, en casos lamentables pero frecuentes todavía, a la captura de dichos recursos por parte de gobernantes y servidores públicos.

La Red por la Rendición de Cuentas (RRC) ha establecido la necesidad de que existan actores de la misma (el que las rinde, el que las exige y el ciudadano como sujeto principal) y cuentas (información) vinculados por cuatro verbos rectores de sus relaciones: informar, explicar, justificar e incidir. Además, ha fundado su diagnóstico en la fragmentación actual de la rendición de cuentas en México en seis de sus expresiones evidentes: conceptual, institucional, de sistemas de gestión, normativa, social y política.

A este pequeño marco conceptual, podemos agregar el de hacienda pública, proveniente de la economía pública y asimilado parcialmente por el derecho en el concepto de actividad financiera del Estado o del sector público. Al no ser este un espacio para debate conceptual, cabe únicamente resaltar que ambos términos abarcan tanto los ingresos y otros recursos como el gasto del sector público, pasando por diversas etapas del ciclo financiero del Estado, y las múltiples relaciones que se establecen entre gestores y órganos involucrados, bien sean los que ingresan, los que distribuyen o los que gastan los recursos públicos. Sumado a esto, el régimen federal de nuestro país y su consecuente federalismo fiscal obligan a considerar las múltiples haciendas públicas que hay en México, y que conviven bajo los principios de soberanía estatal y autonomía municipal.

Todo lo anterior, hace que sea conveniente hablar de rendición de cuentas hacendaria y no constreñirse a una etapa del ciclo de la actividad financiera pública o a un nivel de gobierno y administración pública, evitando así, la fragmentación conceptual de la rendición de cuentas en materia de recursos públicos.

Con esta visión, se puede localizar los actores (responsables) y las cuentas (información deseable); ubicar y valorar sus acciones con los verbos rectores (informar, explicar, justificar e incidir), y analizar el problema de la fragmentación de la rendición de cuentas en las otras cinco expresiones señaladas para, finalmente, vislumbrar posibles causas de esa fragmentación y apuntar hacia un sistema de rendición de cuentas articulado, coherente y completo en materia hacendaria, que tenga entre sus propuestas más necesarias y urgentes la de reformar la legislación presupuestaria vigente, a fin de incorporar los resultados de la fiscalización superior del gasto público y la evaluación del desempeño gubernamental como elementos primordiales para la toma de decisiones de los legisladores, mediante la propuesta que la RRC ha denominado paquetes evaluativos presupuestarios,2 y los ajustes normativos correspondientes para que estos se constituyan en la guía fundamental de los procesos que operan en los sistemas de gestión para la rendición de cuentas: transparencia, archivos, contabilidad gubernamental, control interno, evaluación y fiscalización superior.

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