Y así como estas áreas de oportunidad, existen otras más que no mermarán el cumplimiento del deber constitucional que tiene el INAI en la garantía de estos dos derechos humanos; al contrario, nos fortalecerá.

Seamos claros: en los últimos meses, se han generado descalificaciones y desinformación sobre el quehacer del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Ello no implica que debamos ignorar legítimas dudas o propuestas de sectores de la población que no tienen otra agenda que la de la mejora continua en la administración pública, por ello, es importante identificar las áreas de oportunidad que deben ser atendidas para continuar garantizando los derechos humanos fundamentales en nuestro país de una manera más eficiente y eficaz. Debemos atender la crítica a través del análisis responsable.

Después de 564 días de no contar con un Pleno completo, y 199 de ser solo 4 Comisionados, me di a la tarea con mi Ponencia de analizar la manera de organizar el trabajo realizado por las diferentes áreas de este Instituto. Tras un análisis del Estatuto Orgánico del INAI se advierte que podemos fusionar algunas áreas que realizan funciones similares (aunque no iguales). Ante el escenario actual, potenciar el recurso disponible es la respuesta. Querer es poder.

Debido a la ausencia de tres comisionados, el personal de dichas ponencias ha sido distribuido entre los cuatro comisionados actuales, para resolver las denuncias (adicionales a las que nos corresponden) por negativas de información de instituciones públicas o vulneraciones de datos personales, lo cual debe ser valorado para el futuro próximo.

Asimismo, si bien el INAI preside cinco redes internacionales en materia de acceso a la información y de datos personales, la atención de los compromisos asumidos puede llevarse a cabo alternando la presencialidad con el trabajo virtual, mediante el uso de las tecnologías de la información.

De igual forma, las actividades relacionadas con la verificación de las obligaciones de transparencia de los sujetos obligados federales puede ser agrupada en una sola dirección general de enlaces; ya que, después de la Reforma Constitucional de 2014 y a ocho años de la publicación de la Ley General de Transparencia, los entes públicos ya cuentan con los conocimientos y herramientas suficientes para realizar esta tarea.

Y así como estas áreas de oportunidad, existen otras más que no mermarán el cumplimiento del deber constitucional que tiene el INAI en la garantía de estos dos derechos humanos; al contrario, nos fortalecerá.

Ante la adversidad que vivimos actualmente debemos replantear —como nuestro Plan B— el rumbo de este Instituto. No es un edificio, no somos los comisionados, no es el personal, es que se siga garantizando el derecho de acceso a la información y la protección de datos personales.

Continuaremos defendiendo al Instituto, su rol democrático en nuestra sociedad y su función constitucional. Cualquier cambio o reingeniería siempre será para mejorar el escenario actual. Hay y seguirá habiendo INAI para rato.

Fuente: Heraldo