Esta decisión de la SCJN implica la eliminación del delito de aborto del Código Penal Federal y que las instituciones de salud pública federales (IMSS, ISSSTE, Pemex) brindarán servicios de aborto en todo el país.

Después de analizar un amparo interpuesto por GIRE (Grupo de Información en Reproducción Elegida), el máximo tribunal resolvió que la regulación vigente es inconstitucional debido a que violenta los derechos reproductivos de las mujeres y personas con capacidad gestante.

Esta decisión implica cuatro grandes avances en materia de derechos:

  1. El IMSS, le ISSSTE, Pemex y cualquier otra institución de salud pública federal deberá brindar el servicio de aborto en todo el país
  2. El personal médico de las instituciones de salud federales no podrá ser criminalizado por asistir abortos
  3. Se eliminará del Código Penal Federal el delito de aborto
  4. Todos los jueces locales y federales tendrán que implementar lo dicho por la SCJN

¿Por qué importa?

Este paso acerca a las mujeres y personas con capacidad gestante de ejercer la autonomía reproductiva de manera segura, efectiva, gratuita y sin ser criminalizadas.

Desde hace dos años, la Corte resolvió que es inconstitucional castigar el aborto lo que significó que ninguna mujer o persona gestante que interrumpiera su embarazo enfrentaría cargos penales por ello. Hoy, con la decisión de la Corte se resuelve, además, que los servicios de aborto serán gratuitos en las instituciones federales.

¿Qué hace falta?

Esta decisión tiene un impacto en todo el país, pero todavía los Códigos Penales de 20 entidades federativas tienen regulaciones locales que obstaculizan el acceso efectivo a los derechos reproductivos.

Fuente: El Economista