LOS SISTEMAS MUNICIPALES ANTICORRUPCIÓN
El diseño general de los Sistemas Locales Anticorrupción los contempla como instancias de coordinación a nivel estatal, aunque hay dos entidades que establecieron en sus legislaciones la existencia de Sistemas Municipales Anticorrupción, una de ellas es el Estado de México.
La norma regulatoria del tema en esta entidad se denomina Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios y establece, en su artículo 61, los Sistemas Municipales Anticorrupción (SMA) como instancias de “coordinación y coadyuvancia con el Sistema Estatal Anticorrupción, que concurrentemente…” tendrán por objeto dos tareas sustantivas:
- Crear norma interna y producir política pública: “establecer principios, bases generales, políticas públicas, acciones y procedimientos en la prevención, detección y sanción de faltas administrativas, actos y hechos de corrupción”
- Vigilar el uso de los recursos públicos: “coadyuvar con las autoridades competentes en la fiscalización y control de recursos públicos en el ámbito municipal”
La misma ley de referencia señala que el SMA se compone de dos instancias colegiadas:
- El Comité de Participación Ciudadana (integrado por tres ciudadanos)
- El Comité Coordinador Municipal, que se integra por:
- Un representante del Comité de Participación Ciudadana (quien presidirá)
- El Titular de la Contraloría Municipal
- El Titular de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información del municipio
La experiencia de los SMA es relevante de estudiarse y monitorearse por ser una figura novedosa y por operar a un nivel de gobierno tan cercano a la ciudadanía y a muchos de los fenómenos de corrupción que la afligen. En el caso del Estado de México hay que agregar dos motivos más: es la primera entidad en comenzar a operaros y es la que cuenta con la mayor población del país.
A QUIENES VIGILAR
No todos los municipios del Estado de México cuentan actualmente con SMA. Conforme a la información proporcionada por la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de México y sus Municipios, en su portal http://sesaemm.gob.mx, al 17 de junio de 2019 solamente 39 de los 125 municipios del Estado contaban con un Comité Coordinador ya constituido, es decir, con su estructura completa para operar como sistema.
Los 39 municipios con SMA instalados son:
1 Atizapán | 11 Ixtapan del Oro | 21 Naucalpan de Juárez | 31 Tenango del Valle |
2 Atizapán de Zaragoza | 12 Ixtlahuaca | 22 Nextlalpan | 32 Teoloyucan |
3 Atlacomulco | 13 Jilotepec | 23 Nezahualcóyotl | 33 Tepetlaoxtoc |
4 Calimaya | 14 Jiquipilco | 24 Nicolás Romero | 34 Tlalnepantla de Baz |
5 Chalco | 15 Jocotitlán | 25 Otzoloapan | 35 Toluca |
6 Chapa de Mota | 16 La Paz | 26 Papalotla | 36 Tultitlán |
7 Coacalco | 17 Lerma | 27 Polotitlán | 37 Villa de Allende |
8 Cuautitlán Izcalli | 18 Melchor Ocampo | 28 San Mateo Atenco | 38 Villa Victoria |
9 Ecatepec de Morelos | 19 Metepec | 29 Tecámac | 39 Zinacantepec |
10 Huehuetoca | 20 Morelos | 30 Tejupilco |
De entre este grupo de municipios destacan ocho que son lo que podríamos denominar “Megamunicipios”, y su importancia radica en que cada uno de ellos supera el medio millón de habitantes, que es el nivel demográfico que el Consejo Nacional de Población (CONAPO) tiene establecido para considerar a un centro urbano como “Ciudad Intermedia”:
Atizapán de Zaragoza
Cuautitlán Izcalli
Ecatepec
Nezahualcóyotl
Naucalpan
Tlalnepantla
Toluca
Tultitlán
Estos ocho municipios representan el 44% de la población del Estado y significan una importante proporción del presupuesto estatal y tiene total sentido que se conviertan en objeto de revisión de la academia y la sociedad civil del Estado de México, y de todo el país, para que los observemos, vigilemos y apoyemos de manera especial y detenida respecto de su comportamiento y eficacia, así como para identificar a sus aliados y su resistencias.
QUÉ VIGILAR
En materia de esfuerzos y logros anticorrupción pueden desarrollarse una gran variedad de metas e indicadores. Sin embargo, en función del estado inicial que guardan actualmente los SMA en el Estado de México, lo más importante por el momento es vigilar y evaluar el éxito de su institucionalización dentro de la estructura municipal. Aquí ofrezco un par de puntos a observar como indicadores de éxito de institucionalización: el posicionamiento del SMA frente a la autoridad municipal y su poder efectivo para generar políticas públicas locales.
- Su posicionamiento exitoso frente a la autoridad municipal
Un primer reto en la institucionalización de los SMA es su asimilación dentro de la cultura política; que los alcaldes no los vean como estructuras administrativas de propiedad municipal.
La cultura política municipal en México es fundamentalmente autoritaria y con profundos retrasos y discrecionalidades en la manera en cómo tomar las decisiones públicas, por lo que es sumamente fácil que los integrantes de los ayuntamientos puedan incurrir en algunos errores. Los dos más comunes:
- Error 1: que vean a los Comités Coordinadores como otro de tantos instrumentos colegiados de trabajo instituidos por el ayuntamiento, algo así como los Comités de Turismo, los de Asuntos Indígenas o los de Seguridad Ciudadana. NO. Los Comités Coordinadores no los crea el Ayuntamiento ni el Bando Municipal; se establecen por Ley Estatal y obedecen a una gran legislación y política nacional; no son grupos de trabajo creados por el alcalde; son figuras permanentes con funciones dentro del municipio, pero con fundamento legal más allá y por encima del municipio. Es un cuerpo colegiado que busca erradicar la corrupción municipal y el ayuntamiento debe prestarse a trabajar en estrecha coordinación con él. Es relevante observar qué miembros del ayuntamiento actúan bajo esta lógica y quienes se resisten a ella y sospechar de sus posibles motivos.
- Error 2: que piensen que los miembros del Comité de Participación Ciudadana (CPC) son empleados al servicio del alcalde. NO. Los integrantes del CPC son seleccionados bajo un procedimiento establecido en la ley estatal y su encargo dura tres años. La mala tradición mexicana nos ha acostumbrado a un procedimiento irregular (corrupto, diría yo) consistente en que cada alcalde nuevo recibe, en una suerte de ofrenda litúrgica, las renuncias de todo el personal municipal (sin importar si quien renuncia es eficiente o no en su puesto), para poder contratar con libertad a quien se le antoje (sin importar tampoco si quien contrata es eficiente o no para el puesto). Por eso los alcaldes mexicanos han interpretado que todo ser humano trabajando en el municipio, es su empleado. A reserva de que parte del SMA será erradicar esta mala práctica, lo importante a monitorear de este fenómeno es que los alcaldes no piensen que los integrantes del CPC son sus empleados, que no intenten hacerlos renunciar, no intenten asignarles tareas o condiciones distintas a las legalmente señaladas, no pretendan orientar sus decisiones como si fueran sus subordinados y/o no les estén alterando o limitando sus remuneraciones que, conforme la ley, deben de ser bajo la modalidad de prestación de servicios profesionales.
Si se logra superar esta etapa de asimilación cultural de parte del Ayuntamiento, respecto de entender al SMA como una figura rectora del tema dentro del municipio, pero no del municipio, podremos calificar de exitosa su institucionalización.
- Su poder efectivo para generar políticas públicas anticorrupción
El otro reto que aquí señalo para evaluar el éxito en la institucionalización de los SMA es su poder efectivo de producir propuestas de política.
Para cumplir con esta tarea sustantiva, el artículo 75 de la Ley estatal otorga determinadas facultades al Comité de Participación Ciudadana Municipal, de tal forma que éste puede impulsar propuesta desde diversos frentes:
TEMA | El CPCM puede proponer políticas y normas internas para |
Los recursos públicos municipales | Mejorar la coordinación entre instituciones municipales para controlar y fiscalizar los recursos públicos |
Las faltas administrativas y hechos de corrupción de parte de servidores públicos municipales | Mejorar la coordinación entre instituciones municipales para prevenir y disuadir conductas irregulares |
Información producida o en poder del municipio | Mejorar su suministro, intercambio, sistematización y actualización con finalidades anticorrupción |
Quejas y denuncias | Mejorar la operación del sistema electrónico municipal de quejas y denuncias Canalizar las denuncias derivadas de la sociedad Recibir las peticiones, solicitudes y denuncias fundadas y motivadas que la sociedad civil pretenda hacer llegar al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México y a los Entes Públicos Fiscalizadores Facilitar el funcionamiento de las instancias de contraloría social existentes, así como para recibir directamente información generada por esas instancias y formas de participación ciudadana |
Alianzas sociales | Generar un registro voluntario de Organizaciones de la Sociedad Civil que deseen colaborar con el CPCM y establecer una Red de Participación Ciudadana Articular a organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y grupos ciudadanos Colaborar con otras instituciones para elaborar investigaciones sobre las políticas públicas para la prevención, detección y combate de hechos de corrupción o faltas administrativas |
Formulación y evaluación de políticas municipales | Promover y crear indicadores y metodologías para la medición y seguimiento del fenómeno de la corrupción Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Política Municipal Anticorrupción Evaluar las Políticas Integrales y los programas y acciones que implementen las autoridades que conforman el Sistema Estatal Anticorrupción |
La mejor evidencia de que un SMA se ha institucionalizado de manera adecuada en su municipio es que sucedan, en buena medida, las siguientes tres cosas:
- Que el CPC esté formulando propuestas en la mayor parte de los temas o frentes descritos
- Que el Comité Coordinador esté votando en apoyo de estas propuestas o esté presentando alternativas de superior calidad y
- Que el ayuntamiento, o las instancias fiscalizadoras, en su caso, estén implementando dichas propuestas de manera eficaz y transparente.