Ciudad de México a 06 de noviembre de 2017

CONVOCATORIA DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA OCUPAR UN CARGO EN EL COMITÉ DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA (CPC) DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN (SNA), 2017 – 2018

La Comisión de Selección del Sistema Nacional Anticorrupción, con fundamento en el Artículo 18, Fracción II de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (en adelante Ley General) y,

CONSIDERANDO:

  1. Que el pasado 13 de octubre de 2016 quedó integrada la Comisión de Selección para la designación de los miembros del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción.
  2. Que la Fracción II del Artículo 18 de la Ley General señala que la Comisión de Selección “deberá emitir una convocatoria, con el objeto de realizar una amplia consulta pública nacional dirigida a toda la sociedad en general, para que presenten sus postulaciones de aspirantes a ocupar el cargo” en el Comité de Participación Ciudadana del SNA;
  3. Que el artículo 15 de la Ley General establece que el Comité de Participación Ciudadana tiene como objetivo coadyuvar al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador del SNA, así como ser la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del Sistema.
  4. Que la Ley General establece que el Comité de Participación Ciudadana estará integrado por cinco ciudadanas y ciudadanos de probidad y prestigio que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción.
  5. Que de conformidad con la misma Ley General, el Comité de Participación Ciudadana integrará el órgano de gobierno y la Comisión Ejecutiva del Secretariado Técnico del Sistema Nacional Anticorrupción.
  6. Que el objetivo de la Comisión de Selección es la integración del Comité de Participación Ciudadana con ciudadanas y ciudadanos del más alto prestigio y honorabilidad, que hayan contribuido a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción y que cuenten con experiencia y una pluralidad de capacidades. Este Comité debe estar conformado con perspectivas interdisciplinaria y de género, necesarias para el arranque del primer Comité de Participación Ciudadana de la historia.
  7. Que el 30 de enero de 2017, la Comisión de Selección expidió el Acuerdo por el que se otorga el nombramiento a los cinco integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción. En ese Acuerdo se designó a las siguientes personas por los periodos de tiempo que se indican: Jacqueline Peschard Mariscal (1 año), Mariclaire Acosta Urquidi (2 años), José Octavio López Presa (3 años), Luis Manuel Pérez de Acha (4 años) y Alfonso Hernández Valdez (5 años).
  8. Que de conformidad con los artículos 16 y 18 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y el Acuerdo de la Comisión de Selección por el que se otorga el nombramiento a los cinco integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción del 30 de enero de 2017, el periodo de la Dra. Jacqueline Peschard Mariscal concluye el 8 de febrero de 2018 y la Comisión debe designar a un nuevo integrante del Comité.

Por lo anterior, esta Comisión de Selección del Sistema Nacional Anticorrupción

CONVOCA:

A toda la sociedad mexicana para que, a través de sus instituciones y organizaciones públicas, privadas, sociales, académicas, empresariales, sindicales, profesionales y demás organizaciones, a postular ciudadanas y ciudadanos para ocupar un cargo en el Comité de Participación Ciudadana, órgano rector del Sistema Nacional Anticorrupción.

Este proceso de selección se realizará con las siguientes bases, que incluyen plazos y criterios de selección.

BASES

PRIMERA. Las y los aspirantes, de conformidad con los artículos 16 y 34 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, deberán de cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Ser ciudadana o ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos.
  2. Tener experiencia verificable de al menos cinco años en materia de transparencia, evaluación, fiscalización, rendición de cuentas o combate a la corrupción.
  3. Tener más de 35 años de edad, al día de la designación.
  4. Tener un título profesional a nivel licenciatura de antigüedad mínima de diez años y contar con los conocimientos y experiencia relacionados con la materia de esta convocatoria que le permita el desempeño de sus funciones.
  5. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por algún delito.
  6. Presentar sus declaraciones de intereses, patrimonial y fiscal, de forma previa a su nombramiento.
  7. No haber sido registrado como candidato ni haber desempeñado cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la designación.
  8. No desempeñar ni haber desempeñado un cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores a la designación.
  9. No haber sido miembro, adherente o afiliado, a algún partido político, durante los cuatro años anteriores a la fecha de emisión de la convocatoria.
  10. No ser secretario de Estado, ni Procurador General de la República o Procurador de Justicia de alguna entidad federativa, subsecretario u oficial mayor en la administración pública federal o estatal, Jefe de Gobierno de la CDMX, ni Gobernador, ni Secretario de Gobierno, ni Consejero de la Judicatura, a menos que se haya separado de su cargo con un año antes del día de su designación.

SEGUNDA. La Comisión de Selección recibirá las postulaciones de las instituciones y organizaciones señaladas en el primer párrafo de esta Convocatoria, las cuales deberán estar acompañadas por los siguientes documentos:

  1. Carta de postulación por la o las instituciones u organizaciones promotoras.
  2. Hoja de vida que contenga nombre, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, domicilio, teléfonos y correo electrónico de contacto.
  3. Currículum Vitae (formato pdf) que exponga su experiencia profesional y docente así, como en su caso, el listado de las publicaciones que tengan en las materias contenidas en esta convocatoria. No se recibirán impresos de las publicaciones. El Curriculum Vitae no deberá incluir los datos señalados en el numeral 2 de esta Base, salvo el nombre del candidato.
  4. Una exposición de motivos de aproximadamente 5,000 caracteres con espacios, escrita por la persona postulada, donde señalen las razones por las cuales la candidatura es idónea y cómo su experiencia lo califica para integrar el Comité.
  5. Copias simples del acta de nacimiento y credencial de elector o pasaporte vigente (formato pdf).
  6. Una sola carta, bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste lo siguiente:
  • Ser ciudadano(a) mexicano(a) y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles.
  • No haber sido condenada/o por delito alguno.
  • Que no ha sido registrada/o como candidata/o ni desempeñado cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la emisión de la Convocatoria.
  • Que no ha desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores a la emisión de la Convocatoria.
  • Que no ha sido miembro, adherente o afiliada/o, de algún partido político en los últimos cuatro años anteriores a la emisión de la Convocatoria.
  • Que no ha desempeñado el cargo de secretario de Estado, Procurador General de la República, Procurador de Justicia de alguna entidad federativa, subsecretario u oficial mayor en la administración pública federal o estatal, Jefe de Gobierno de la CDMX, Gobernador o Secretario de Gobierno o Consejero de la Judicatura, en el año inmediato anterior a la emisión de la Convocatoria.
  • Que acepta los términos de la presente Convocatoria.
  1. Presentar una declaración de intereses en el formato descargable aquí.
  2. Presentar una declaración, descargable en la página comisionsna.mx, donde manifieste su autorización para hacer pública la información confidencial relativa a su postulación.

TERCERA. De conformidad con lo establecido en el artículo 18 fracción II inciso C de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y el artículo 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los documentos entregados por los postulantes se harán públicos, con excepción de los señalados en los puntos 2, 5 y 7 que serán tratados con el carácter de confidencialidad, salvo que el solicitante haya dado su autorización para hacerlos públicos de conformidad con el formato previsto en el numeral 8 de la Base Segunda de esta Convocatoria.

CUARTA. Los integrantes de la Comisión de Selección y del Comité de Participación Ciudadana, que sean titulares o dirijan una organización y/o entidad académica, no podrán postular a persona alguna para efecto de lo que establece la Base Segunda, numeral 1 de esta Convocatoria.

QUINTA. Además de los requisitos indicados en la Ley General (art. 34), la Comisión desarrollará una metodología para evaluar desde el punto de vista curricular que las y los candidatos cumplan con algunos de los siguientes criterios:

  1. Experiencia o conocimiento en el diseño, implementación, evaluación o análisis de políticas públicas.
  2. Experiencia o conocimientos en cualquiera de las siguientes materias:
  • administración pública; transparencia; rendición de cuentas; combate a la corrupción; responsabilidades administrativas; procesos relacionados en materia de adquisiciones y obra pública;
  • fiscalización; presupuesto; inteligencia financiera; contabilidad gubernamental y auditoría gubernamental;
  • procuración y administración de justicia, en particular, sistema penal acusatorio;
  • plataformas digitales; tecnologías de la información; y sistematización y uso de información gubernamental para la toma de decisiones.
  1. Experiencia o conocimiento en el diseño de indicadores y metodologías en las materias de esta convocatoria.
  2. Experiencia en vinculación con organizaciones sociales y académicas; específicamente en la formación de redes.
  3. Experiencia en coordinación interinstitucional e intergubernamental.
  4. Reconocimiento en funciones de liderazgo institucional o social.
  5. Experiencia laboral o conocimiento de la administración pública federal, estatal o local.
  6. Experiencia de participación en cuerpos colegiados o mecanismos de participación ciudadana;

SEXTA. El registro de las postulaciones de las y los candidatos al Comité de Participación Ciudadana se llevará a cabo en la dirección electrónica www.comisionsna.mx a partir del 15 de noviembre y hasta el 14 de diciembre del año en curso.

La Comisión podrá abrir, posterior a la emisión de esta Convocatoria, otros canales de recepción, mismos que hará públicos a través de su página www.comisionsna.mx

SÉPTIMA. Concluido el periodo de recepción de documentos, la Comisión de Selección integrará en expedientes individuales los documentos recibidos.

La falta de alguno de los documentos requeridos o su presentación fuera del tiempo y formato establecidos, será motivo suficiente para tener como NO presentada la candidatura o postulación.

En cualquier momento, la Comisión se reserva el derecho de solicitar documentos adicionales para comprobar los datos curriculares.

OCTAVA. El proceso de evaluación se dividirá en tres etapas que contemplan criterios cuantitativos y cualitativos de valoración para la selección de los perfiles idóneos.

La Primera Etapa consistirá en una evaluación documental que permita determinar el cumplimiento de los requisitos que establece la Ley.

Posteriormente, respecto de las y los candidatos que los cumplan, la Comisión hará una evaluación documental y curricular para identificar a los mejores perfiles con base en una metodología que será pública a partir del cierre de la Convocatoria.

La Segunda Etapa consistirá en la publicación de los nombres de las personas seleccionadas y el calendario de entrevistas individuales con los candidatos.

La Tercera Etapa consistirá en una deliberación de la Comisión para seleccionar a un nuevo integrante del Comité de Participación Ciudadana del SNA.

La designación de la persona seleccionada se hará en sesión pública. El resultado de esta sesión se comunicará de manera inmediata al Senado de la República.

NOVENA. Se harán públicas las listas de las y los aspirantes, los documentos entregados, salvo aquellos que tengan carácter de confidencial, la metodología de evaluación, y el cronograma de entrevistas y audiencias.

DÉCIMA. Los plazos son los siguientes:

Presentación de candidaturas: del 15 de noviembre al 14 de diciembre de 2017.

Primera Etapa. Del 15 de diciembre de 2017 al 08 de enero de 2018.

Segunda y Tercera Etapas. Del 09 de enero al 02 de febrero de 2018 a más tardar.

DÉCIMA PRIMERA. Los casos y circunstancias no previstas en esta convocatoria, serán resueltos por la Comisión de Selección.

ATENTAMENTE

COMISIÓN DE SELECCIÓN DEL COMITÉ DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN

 Descarga la convocatoria aquí.

Fuente: http://comisionsna.mx/convocatoria/