“Hay un periodismo que se dirige al poder.

Es un periodismo que no satisface su misión social.

Porque la misión social es la comunicación con la gente, el público, los lectores.

Desde luego, también es verdad que algunas cosas han cambiado para bien;

por ejemplo, antes casi todo el periodismo se dirigía más al poder que a los lectores.

Es reciente su dedicación a los lectores y no al poder… 

o no sólo al poder”.

Miguel Ángel Granados Chapa 

Un problema básico que enturbia la redefinición de esta nueva relación, es el planteamiento reduccionista de que el gobierno está obligado a pagar, sin consideración alguna, la publicidad a los medios; argumento simplista es que dada la precariedad en que subsisten los medios oaxaqueños (o la mayoría de ellos) requieren de los recursos públicos para subsistir y cumplir así con su función. Vistas así las cosas, es sólo la cara de la otra moneda del elemental del discurso de hace 14 años, con sus derivados: “no te pago para que me pegues”, tan usado en el sexenio muratista; o el “te pego para que dejes de pegarme” que el ulisismo puso en boga.

Por tanto, para centrar el debate, hay que tener claro cuál es el bien tutelado. Ya en 1977, una reforma estableció en el artículo sexto de la Constitución mexicana que: “el derecho a la información será garantizado por el Estado”.

Y es que la libertad de expresión, es la exteriorización de otro derecho fundamental, la libertad de pensamiento, establecido en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.

En 1946 la Organización de las Naciones Unidas, en su primera sesión adoptó la Resolución 59(1), que establece: “La libertad de información es un derecho humano fundamental (…) y la piedra angular de todas las libertades a que la ONU está consagrada”. Situación que se refrenda en la Carta de Derechos Humanos de la ONU en 1948.

Así pues queda claro que lo que se tiene que buscar es que la sociedad en su conjunto se mantenga informada del actuar gubernamental. Lejos está de ser una concesión de los gobiernos, es una de sus obligaciones principales.

Por supuesto, el derecho tampoco se reduce al llano acceso a la información, que por su naturaleza pública no debiera tener mayor problema de ser proporcionada al público, incluso sin la presencia de órganos encargados de vigilar la transparencia; éstos se hacen necesarios precisamente por la opacidad en que se manejan los gobiernos.

Paradójicamente, anualmente se destinan millonarios recursos a la publicidad oficial. En teoría el Estado debe informar de programas oficiales, lo mismo que de sus acciones gubernamentales; pero también está obligado a hacerlo de los riesgos que se corren ante una acción gubernamental (por ejemplo, las concesiones mineras) o un fenómeno natural; así como de los avances en la solución de problemas sociales que le corresponde atender (violaciones a los derechos humanos, p.e.).

Sin embargo, lejos de cumplir con su función, la publicidad oficial se destina casi en su totalidad a destacar los supuestos logros de los gobiernos, o bien se utilizan para promocionar a un servidor público o a un partido político; como acaba de suceder con un desplegado de un partido político, que era firmado por la coordinación de comunicación del Congreso estatal. Ausente está la información sobre aspectos torales y de genuino interés de la ciudadanía.

Ahora bien, esta situación ha devenido también en medios de comunicación que tampoco buscan la información: en muchos se dedican a reproducir a pie juntillas la información vertida, sin constatar su veracidad y mucho menos cuestionarla. Así, no es periodismo lo que se hace sino mera propaganda gubernamental.

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