Saber quién gana una elección en el menor tiempo posible de que se cierran las casillas o centros de votación, es una de las exigencias que en una sociedad democrática, por incipiente que sea, se ha vuelto reclamo necesario.

Para esto se han instrumentado diversas medidas que podemos sintetizar en tres. Las encuestas de salida (exit polls) que realizan diversas encuestadoras a pedido de los propios partidos políticos o los medios de comunicación; y por otro lado el conteo rápido y los Programas de Resultados Electorales Preliminares (PREP), ambos que principalmente instrumenta la autoridad electoral.

En el fondo de lo que estamos hablando es de dar mayor certeza al escrutinio y cómputo de los votos, procurando condiciones de transparencia de esta crucial etapa del proceso electoral. La metáfora es sencilla, se trata de que el momento culminante para saber quién gana, esté como en una caja de cristal, a la vista de todos.

En cierto sentido manifestaciones de desconfianza a las elecciones, como evidencia del desafecto o desencanto con la democracia, tales como el abstencionismo o el llamado al voto nulo, tienen como causa central la opacidad del proceso electoral principalmente en el momento de saber los resultados, que por ello automáticamente serían cuestionados.

Por eso es que ante la también desconfianza que las encuestadoras generan, es el segundo de los mecanismos que instrumentará el Instituto Nacional Electoral (INE), el domingo próximo al que tenemos que atenernos para ver qué tan transparentes son los resultados electorales.

El PREP está reglamentado en el Capítulo II del Título Cuarto, denominado “De los actos posteriores a la elección y los resultados electorales” de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Dice el punto 2 del artículo 305 que el PREP tiene como objetivo “…informar oportunamente garantizando la seguridad, transparencia, confiabilidad, credibilidad e integridad de los resultados y la información en todas sus fases al Consejo General, los partidos políticos, coaliciones, candidatos, medios de comunicación y a la ciudadanía.

Desde luego que las palabras en cursivas y negritas de la cita anterior son mías, con las que trato de llamar la atención sobre la línea de reflexión que tengo en esta columna. Pero además que desde mi punto de vista, los actores que se mencionan en la misma deberían estar invertidos. En primer lugar tendría que estar la ciudadanía como la primera a la que tendría que informase.

En términos prácticos el PREP, ya se sabe, es un mecanismo de consulta en tiempo real, conforme se van capturando los datos de las Actas de Escrutinio de las casillas, en los Consejos Distritales; vía internet.   Los ciudadanos pueden vía sitios webs de los “difusores” del PREP realizar esta consulta y así informarse, de estos resultados que hay que recordar son “preliminares” y como establece la ley no tienen una validez jurídica. Hay que insistir sólo tienen el propósito de informar oportunamente a la gente.

Adicionalmente el artículo 308 dice que “…el presidente (del Consejo Distrital) deberá fijar en el exterior del local del consejo distrital, los resultados preliminares de las elecciones en el distrito”; cosa que tiene que hacer conforme al artículo 299 de la citada ley, a más tardar en 24 horas después de clausurada la casilla cuando en el distrito haya casillas rurales.

Sin embargo el mismo PREP ha sido cuestionado. El caso paradigmático fue el de 2006, en el que se habló de que la empresa contratada, curiosamente de un cuñado de Calderón entonces candidato del PAN, había instalado un algoritmo en el programa para asegurar que este nunca perdiera la ventaja.

Por eso es que resulta importante que ayer viernes 5 de junio el Rector de la UNAM, José Narro, haya entregado al INE, los resultados de la auditoría practicada al dichoso programa, en la que según las notas de prensa, éste se encuentra “blindado y sin ningún algoritmo oculto” que altere su funcionamiento.

Para quien esté interesado en los detalles de este informe puede verlos en la propia página del INE, el cual consiste en una “Auditoría de software” que consta de 14 páginas y una “Auditoría y apoyo en seguridad informática” de 4 páginas.

Lamentablemente la transparencia electoral en nuestro país seguirá siendo cuestionada sobre todo en cuanto al papel del INE y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) como árbitros imparciales de la competencia por los votos en las campañas. Sin embargo pienso que los esfuerzos de transparencia en los resultados de la votación son loables, pero no por ello no criticables.

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