El Sistema Nacional Anticorrupción aprobado en días pasados por la Cámara de Diputados y turnado al Senado, luego de un intenso proceso de negociación entre los tres principales partidos presenta diversos aspectos en los que vale la pena detenerse.

  1. La sanción y el debido proceso

Ahora, un mismo órgano (usualmente los Órganos Internos de Control–los OIC´s), investiga y sanciona. Con la reforma, cuando se trate de faltas administrativas graves (incluyendo los actos de corrupción), se separa la investigación de la sanción: Los OIC`s y la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación investigan y el Tribunal de Justicia Administrativa (ahora se llama Tribunal Federal de Justicia fiscal y Administrativa) resolverá sobre la sanción dependiendo de las pruebas que haya.

Cuando la conducta pueda configurar un delito, será la fiscalía anticorrupción la que investigue y consigne ante el juez penal.

Hasta aquí, la reforma no implica más que una modificación en las competencias: La sanción se judicializa. Vista la cuestión con mayor detenimiento tampoco hay mayor novedad ya que la posibilidad de que el Tribunal sancionara se contemplaba ya en la Constitución desde el 2006.

La judicialización de la sanción, por sí misma no es una garantía de que el combate a la corrupción será más eficaz. Cualquier propaganda fincada en esto será engañosa. La judicialización tiene como consecuencia un mejoramiento de las garantías del debido proceso. Un tribunal supone imparcialidad y objetividad en la resolución (suponiendo, por supuesto que los jueces sean imparciales y bien preparados). Si esto es así, el pronóstico es que si no hay buenas acusaciones, el número de sancionados disminuya.

En el nuevo sistema, la clave para que la sanción de actos corruptos o ilícitos administrativos sea eficaz es que haya buenas investigaciones y buenos investigadores por una parte; y, por otra, que la decisión de investigar no sea manipulada. Si los OIC`s siguen integrándose por improvisados o por una racionalidad política, vayámonos despidiéndonos de las expectativas. No sólo habrá menos sancionados, ni siquiera habrá acusados. Los OIC´s tendrán la facultad de “clasificar” si una falta es grave o no y si es grave, si acusan o no. Una manera fácil de burlar la acción eficaz será, por ejemplo, clasificar una falta grave como no grave y sancionarla. Como no se debe sancionar dos veces por una misma falta, el “sancionado” podrá alegar esto en su beneficio. Uno de los puntos finos para minimizar este riesgo está en la posibilidad de impugnar tal clasificación, lo cual se prevé en la reforma.

La reforma tiene varias líneas en la dirección de fortalecer la idoneidad institucional y las capacidades de investigación de los OIC´s. Una es la ratificación del Secretario de la Función Pública y la designación por el Senado de los OIC´s de los órganos constitucionales autónomos. No es mala la solución si los partidos moderan sus apetitos de partidización y captura.

La probable reforma plantea una ley general de alcance nacional. La claridad en la tipificación de las conductas es clave junto a la dotación de herramientas forenses para la investigación de conductas corruptas. Los actuales instrumentos son insuficientes. Un eficaz combate a la corrupción supone blindar la posibilidad de protección de denunciantes y testigos, negociar penas por información que descubra redes, por ejemplo.

  1. Seguir la ruta del dinero

Seguir la ruta del dinero tiene diversas facetas. La primera es transparentar el gasto público. Esto es condición para minimizar el riesgo. Una de las grandes innovaciones es  incluir las participaciones federales dentro de los recursos públicos que pueden ser fiscalizados por la Auditoría Superior de la Federación. Esto es seguir la ruta del dinero. Es la gran bolsa negra de los gobernadores y los presidentes municipales. A estas alturas de corrupción sistemática, los argumentos parapetados en el “federalismo” se convierten en pretextos para la impunidad.

Seguir la ruta del dinero es también facilitar el hallazgo de las ganancias. La previsión que hace la reforma para salvar los secretos bancario, fiscal o fiduciario va en buena dirección.

  1. El Tribunal Fiscal de Justicia Fiscal y Administrativa y su riesgo de perversión

El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, próximo Tribunal de Justicia Administrativa, tiene un mérito pero también tiene un riesgo. Su mérito institucional es el de la objetividad e imparcialidad. No hay dudas preocupantes de su imparcialidad. Pero si hay un riesgo: su creciente partidización.

No es un secreto, por el contrario es un hecho manifiesto que los recientes nombramientos de magistrados de tal Tribunal son militantes de larga data del PRI y el PAN y sin experiencia en la materia. Frente a su nueva función eso es un riesgo. Si los actos de faltas graves de responsabilidad administrativa, terminan siendo resueltos por tribunales formados por políticos, si además no son expertos, le estamos poniendo dinero bueno al malo.

El Senado tiene todavía la oportunidad de reforzar las garantías judiciales para frenar tal perversión.

@jrxopa

Fuente: La Silla Rota