Estamos ciertos que el objetivo de construir un Sistema Nacional de Transparencia en nuestro país, tiene como uno de sus postulados, la creación de un órgano nacional de acceso a la información que esté configurado constitucionalmente autónomo y que pugne por promover la cultura de la transparencia y el acceso a la información a lo largo y ancho del país, más allá de los mínimos legales que se tengan actualmente implementados en las legislaciones de los Estados, esto ya se logró. A esta fecha no tenemos una política pública madura que recorra la geografía del país de forma pareja, hay asimetrías considerables tanto con la ley federal como entre las mismas leyes estatales. Luego entonces se hace necesario mejorar y estandarizar los procesos de acceso a la información a nivel nacional, darle expedites al acceso, que se garantice la entrega de la información y se establezcan criterios claros de sanción cuando se niegue de manera deliberada. Por esto, una de las implicaciones de la reforma constitucional a desarrollarse en la legislación secundaria, es diseñar los procedimientos para el acceso a la información y resolución de recursos de revisión.
El actual modelo mexicano supone que la apelación o el recurso de revisión se presentan ante el órgano garante que es independiente y especializado en el acceso a la información. Sin embargo, como ya se ha señalado reiterativamente en los distintos escenarios previos a la aprobación de esta Reforma, los órganos en el ámbito local, están en el regazo del poder legislativo o ejecutivo, con lo que se pone en duda su autonomía.
Resulta que en mi estado, Oaxaca, tenemos un problema muy fuerte en el tema educativo, es conocido por muchos y no voy abundarlo. Sin embargo, paralelamente nuestro Congreso no ha realizado las modificaciones o adecuaciones en nuestra legislatura local conforme a la reforma constitucional educativa y sus leyes generales. Ante esta obviedad, se solicitaron las iniciativas de ley presentadas por el titular del Ejecutivo, por algunos legisladores y por un grupo de ciudadanos. Nuestra ley estatal de transparencia contempla en su artículo 14, la información adicional que deberá hacer pública el Poder Legislativo, en su fracción IV señala a las iniciativas de ley, decretos, acuerdos y demás. Sin embargo, a pesar del sustento legal, la información fue clasificada como reservada sin contar con una resolución fundada y motivada que identifique el daño al interés público. Pero ese no es problema mayúsculo, lo que se trata es sacar a la luz la existente contaminación en los procesos de toma de decisión por presiones de diversa índole en los órganos garantes de los estados. El órgano garante, COTAIPO, al dar entrada al recurso de revisión (9-sep-2014), no optó por iniciar algún mecanismo que garantizara la expedites de la entrega de la información, por tratarse ésta, de una obligación de transparencia y mucho menos un procedimiento de responsabilidad administrativa señalado en el artículo 77 de la ley de transparencia local. Por el contrario, otorga el trámite ordinario por ser el sujeto obligado, el poder legislativo; la consejera instructora se tomó más de 35 días naturales para emitir el acuerdo correspondiente a la vista del informe justificado al recurrente (16-oct-2014). Cómo se puede observar, falta el acuerdo para la exposición de alegatos, el cierre de instrucción y el acuerdo de resolución; que si lo traducimos en días todavía serán bastantes. Cabe mencionar que la solicitud de información se presentó el 19 de agosto. Todo esto contrasta con el ejercicio que se está llevando en el Senado de la República, mientras ahí se instalan grupos redactores de la ley general y se transparentan en los portales las iniciativas existentes. Aquí en Oaxaca, se cocina una ley educativa, a espaldas e invisible para los ciudadanos con un evidente papel que juega el órgano garante al ralentizar el acceso a la información y la inevitable lealtad política que muestra al Poder que los hizo comisionados. Dicho en otras palabras, no se quieren dar a conocer las iniciativas y el órgano garante coadyuva en ello.
Otra vez, como dijera el Dr. Sergio López Ayllón, somos repetitivos y machacones con el órgano garante de Oaxaca. Este ejemplo es nugatorio al acceso de la información y por ende, debilita la confianza en las instituciones llamadas garantes de un derecho. Sostenemos que en este contexto democrático de la reforma constitucional, es necesario implementar mecanismos de nombramientos transparentes, incluyentes y competitivos para garantizar el funcionamiento del órgano garante. Es la oportunidad de saldar las deudas de la trasparencia con una ley progresista que tengan implicaciones de alcance nacional para el fortalecimiento de los órganos locales, con mecanismos legales e institucionales que los blinden de los poderes políticos como el caso expuesto. Ya vimos que no es suficiente el andamiaje legal, si en los hechos persiste la lealtad política.
*Consejero consultivo de la COTAIPO
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