El pasado 9 de agosto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se reforman diversas disposiciones constitucionales en materia de reforma política. Con su publicación, las modificaciones – que tienen por objeto mejorar la relación entre poderes y proveer nuevos mecanismos de participación ciudadana –, se convirtieron en normatividad vigente. Una de las modificaciones que ha atraído la atención generalizada durante los últimos días, es la nueva facultad con que cuenta el Presidente de la República para presentar, el día del inicio de cada periodo ordinario de sesiones, dos iniciativas – denominadas preferentes – ante las cámaras del Congreso, las cuales deberán ser discutidas y votadas obligatoriamente dentro de los 60 días posteriores a su presentación, correspondiéndole un plazo máximo de 30 días naturales a cada cámara. Esta facultad permite al titular del Poder Ejecutivo obligar al Congreso a discutir y votar aquellos asuntos que éste considere prioritarios, al establecer plazos forzosos dentro de los cuales el Congreso deberá analizar y aprobar o rechazar las propuestas presidenciales, encontrando la única restricción de que dichas propuestas no pretendan modificar el texto constitucional.

Durante la sesión de Congreso General, llevada a cabo el pasado sábado 1º de septiembre, el Congreso de la Unión recibió del Poder Ejecutivo dos iniciativas etiquetadas como preferentes. Con dichas iniciativas, sobre las que se profundizará más adelante, el Presidente de la República hizo uso, por primera ocasión, de su recién adquirida facultad. Las propuestas plantean modificaciones en materia de reforma laboral y en materia de fiscalización de los recursos que ejercen los gobiernos locales y municipales, y fueron enviadas una a cada cámara legislativa, para tener como cámara de origen a las cámaras de diputados y senadores, respectivamente.

Sin embargo, una vez que han sido presentadas y recibidas por la cámara correspondiente, las iniciativas preferentes han encontrado un problema fundamental: dado que el inicio de este periodo ordinario de sesiones coincide con el inicio de la Legislatura, el Congreso aún no ha concluido su proceso de instalación, por lo que las comisiones legislativas aún no se encuentran constituidas. Para subsanar lo anterior, ambas cámaras legislativas han mostrado entera disposición para agilizar la instalación de las comisiones necesarias para el análisis de las iniciativas preferentes, y garantizar, así, que la votación de las mismas se realice con base en un examen profundo de sus características y efectos.

En cuanto a la iniciativa enviada a la Cámara de Diputados en materia de reforma laboral, que propone diversas modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, ésta plantea una modernización generalizada del marco normativo laboral cuyo objeto será conciliar, por un lado, la efectiva protección de los derechos de los trabajadores y, por el otro, el legítimo interés de los patrones por encontrar mecanismos que favorezcan la competitividad y productividad de los centros de trabajo. Algunas de las propuestas más relevantes que contiene la iniciativa son:

– Establecer la modalidad laboral de períodos de prueba, los contratos de capacitación inicial y para el trabajo de temporada.
– Regular la subcontratación de trabajadores u outsourcing.
– Transparentar los mecanismos de elección de directivas sindicales, así como el manejo que las mismas hacen de los recursos que reciben de sus agremiados.
– Profesionalizar al personal de las Juntas de Conciliación y Arbitraje para robustecer la confianza en dicha institución.
– Limita el periodo de tiempo por el que se pagarán salarios caídos; fijándolo en 12 meses, para evitar la dilación intencional de los conflictos laborales.
– Permitir que el pago de salarios pueda realizarse por medios electrónicos y bancarios.
– Se impulsa la multihabilidad de los trabajadores (con el ajuste salarial respectivo), para que un mismo trabajador pueda llevar a cabo distintas actividades.

Por su parte, la iniciativa enviada al Senado de la República, que modifica la Ley General de Contabilidad Gubernamental, pretende transparentar y armonizar la información financiera relativa a la aplicación de los recursos públicos en los distintos órdenes de gobierno. Las puntos más relevantes de la iniciativa, son:

– Establecer reglas para armonizar la información financiera del ciclo hacendario, relativa a la programación, presupuesto, ejercicio, seguimiento, evaluación y rendición de cuentas de los recursos públicos;
– Obliga al gobierno federal y a los gobiernos locales a facilitar el acceso a la información financiera de todos los entes públicos, a través de enlaces electrónicos en sus páginas de Internet;
– Especifica rubros de información que deben incluir los entes públicos en sus leyes de ingresos y presupuestos de egresos.
– La información financiera deberá difundirse en Internet bajo un lenguaje sencillo;
– Deberán ser registradas ante la Tesorería de la Federación las cuentas bancarias especificas creadas por cada fondo de aportaciones federales;
– Otorgar acceso a los sistemas de información a la Auditoría Superior de la Federación e instancias de fiscalización, de control y evaluaciones de las entidades federativas;
– Los tres niveles de gobierno deberán especificar el destino de los recursos recibidos por concepto de fondos federales.

Si bien esta nueva práctica del presidencialismo mexicano es positiva para la gobernabilidad del país, y para permitirle al Ejecutivo dotar de mayor impulso a los cambios normativos que fijen el eje de su política sexenal, también puede requerir nuevos cambios en la forma en la que el Congreso funciona. Un error de la reforma política es haber colocado la fecha de las iniciativas preferentes en un momento en el que no se encuentran aún constituidas las comisiones ordinarias que será las encargadas de analizar y dictaminar las propuestas del Presidente.

Por otro lado es necesario analizar por qué envió Calderón estas iniciativas, por lo que se refiere a la famosa reforma laboral, tan exigida por el sector empresarial, tan prometida por tantos sexenios y tan controvertida para sectores de la izquierda. Parece indicar un pacto con el gobierno entrante, para que sea el Presidente saliente quien cargue con el peso político negativo dejando a Peña libre de culpa y con la posibilidad de haber sido partícipe de una de las reformas estructurales más catadas en el últimos lustros. La pregunta es: ¿qué obtiene Calderón a cambio? ¿Protección –tanto para él, como para los suyos-, formalizar una alianza entre su partido y el bloque ganador, para marginar a la izquierda?

Respecto a la iniciativa que pretende proyectar luz y transparentar las finanzas públicas, es sin duda una Ley que de ser aprobada le traerá algo a la tan peleada legitimidad al Presidente. Sin embargo ha de decirse que pudo haber aspirado a algo mucho mayor, como lo que en múltiples casos se ha discutido en la Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública (Comaip) que agrupa a todos los órganos garantes de la transparencia en el país. Donde en reiteradas ocasiones se ha pronunciado por una Ley Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que regule los establecido en el artículo 6º Constitucional, y que se encuentre sobre toda ley estatal e incluso la federal, para homogeneizar y dar autonomía plena a todos los órganos garantes, ampliando sus poderes y su jurisdicción al Legislativo, Judicial, institutos electorales, sindicatos, partidos políticos, y desde luego (como lo pretende la disminuida iniciativa del Presidente, fiscalizar y armonizar la información financiera del ciclo hacendario, relativa a la programación, presupuesto, ejercicio, seguimiento, evaluación y rendición de cuentas de los recursos públicos, en todas las entidades del país.