INTRODUCCIÓN

La corrupción en México es un fenómeno que mina la confianza en las instituciones públicas y en la democracia, pero, sobre todo genera costos y pérdida de oportunidades de desarrollo para el país. Desde hace varios años, el Poder Legislativo ha sido escenario de la discusión de diversos diseños institucionales para atajar el problema a partir de visiones y atribuciones particulares para cada órgano anticorrupción. En el año 2015 se concibió al Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) como una solución, impulsada desde la sociedad civil, construida a partir de la articulación de normas e instituciones destinadas a prevenir, combatir y sancionar la corrupción. Entre las principales innovaciones en el diseño institucional del Sistema Nacional Anticorrupción se encuentran: i) la coordinación entre los órganos e instituciones que conforman el SNA en el marco de sus respectivas atribuciones para combatir el fenómeno; y, ii) el componente de participación ciudadana en la puesta en marcha, el funcionamiento y el monitoreo del Sistema.

El 27 de mayo de 2015, el Presidente Enrique Peña Nieto publicó el decreto de reforma constitucional[1] que crea el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA). El SNA es concebido en el texto constitucional como “la instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos”.

El decreto constitucional publicado en mayo de 2015 contempla un Sistema Nacional Anticorrupción conformado por un Comité Coordinador integrado por: los titulares de la Auditoría Superior de la Federación; de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción; de la Secretaría de la Función Pública; por el presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; el presidente del organismo garante en materia de transparencia que establece el artículo 6º de  la Constitución; así como por un representante del Consejo de la Judicatura Federal y otro del Comité de Participación Ciudadana.

De los órganos integrantes del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, el Comité de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Nacional Anticorrupción es de particular importancia dentro del Sistema porque representa el componente enteramente ciudadano, no partidizado e independiente en el combate a la corrupción. Es por ello que el CPC preside el Comité Coordinador del SNA.

El 18 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción[2], una de las leyes que dan forma al SNA. La Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción estableció las bases para la conformación del Sistema y el de uno de sus componentes: el Comité de Participación Ciudadana. Éste se integra por cinco ciudadanos y ciudadanas con una trayectoria destacada en la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción. Este Comité es designado por una Comisión de Selección (CS) conformada por nueve ciudadanos propuestos por instituciones de educación superior e investigación y por organizaciones de la sociedad civil al Senado de la República. A su vez, dicha Comisión de Selección es constituida a partir de una Convocatoria emitida por el Senado de la República y designada por el mismo órgano legislativo.

Este Informe da cuenta del proceso que va desde la conformación de la Comisión de Selección hasta la integración del Comité de Participación Ciudadana. Dicho Comité, además de ser el componente ciudadano del Sistema Nacional Anticorrupción, funge como la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del SNA. Asimismo, preside el Comité Coordinador del SNA e integra el órgano de gobierno y la Comisión Ejecutiva del Secretariado Técnico del SNA. Tiene además funciones para proponer políticas anticorrupción, metodologías e indicadores de evaluación. Es por ello que el CPC tiene una función vital de cara a la ciudadanía: asegurar el control democrático y la rendición de cuentas de la política anticorrupción del país.

Este Libro Blanco se encuentra estructurado en cuatro apartados: En la primera sección, se describe la designación de la Comisión de Selección, así como la definición de su mandato. En la segunda sección, se muestra el establecimiento de las reglas internas de funcionamiento de la Comisión de Selección, así como los mecanismos de transparencia que guiaron su labor. La tercera sección describe el proceso para integrar el Comité de Participación Ciudadana, desde el lanzamiento de la convocatoria, la metodología de evaluación y los canales de rendición de cuentas durante la designación de los integrantes del Comité, así como las políticas de transparencia y resolución de conflicto que se enfrentaron en el proceso de selección. La última sección detalla las lecciones aprendidas y las recomendaciones derivadas del trabajo realizado por la Comisión de Selección.

Se espera que este Libro Blanco sirva, entre otras cosas, para:

  1. Documentar un proceso inédito en la historia del país: la conformación de un órgano colegiado integrado por ciudadanos (el Comité de Participación Ciudadana) a partir de una designación realizada por otro órgano integrado también por ciudadanos (la Comisión de Selección).
  2. Dar cuenta de la implementación y la construcción de las instituciones que integran el Sistema Nacional Anticorrupción para apoyar a los Sistemas Locales Anticorrupción en su propio ejercicio de diseño institucional.
  • Relatar la toma de decisiones, los aprendizajes y las experiencias que la Comisión de Selección tuvo que enfrentar durante el proceso de selección del Comité de Participación Ciudadana para apoyar a las Comisiones de Selección de las entidades en la selección de su Comité de Participación Ciudadana Local. 

México ha decidido apostar por la vía institucional en el combate a la corrupción y para ello eligió el diseño de un Sistema Nacional Anticorrupción cuya implementación resultará compleja. La construcción del Sistema Nacional Anticorrupción apenas ha iniciado su primera ronda de innovación institucional, no obstante, la tarea para consolidar una política anticorrupción sólida será de largo alcance. El reto más importante estará en la implementación de estos sistemas en las entidades federativas. Esperamos que el Libro Blanco ayude a la construcción de la institucionalidad anticorrupción en los estados y al fortalecimiento de la participación ciudadana en el combate a este flagelo.

Comisión de Selección SNA

2017

[1] Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de combate a la corrupción. Publicado en el DOF el 27 de mayo de 2016: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5394003&fecha=27/05/2015

[2] Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. Publicada en el DOF el 18 de julio de 2016: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNA.pdf

 

Comisión de Selección SNA

 

DESCARGUE AQUÍ LIBRO