La consulta popular es la oportunidad de los partidos para desviar las decisiones que deberían tomar en su carácter de representantes populares, afirma Antonio de la Cuesta, del Centro de Investigación para el Desarrollo AC (CIDAC).

El pasado lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) terminó de resolver las consultas populares convocadas por el PAN, PRD, Morena y PRI, relacionadas con el salario mínimo, la reforma energética y la reducción del Congreso.

De acuerdo con la fracción octava del Artículo 35 constitucional, modificado en el contexto de la reforma electoral en febrero del 2012, los ciudadanos tienen el derecho a participar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional.

De acuerdo con la Ley Federal de Consulta Popular, la SCJN aprueba -de forma previa- la viabilidad de cualquier consulta, la cual está impedida si se refiere a derechos humanos o ingresos y gasto del Estado, materia electoral; los ingresos; la seguridad nacional, ente otros…

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